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Dos golpes a Quintero: juez y Registrador le dicen ‘no’ para las elecciones de 2026

Tanto la Registraduría como el fallo de tutela le dicen que ya se hizo contar en la consulta, que perdió y que por esta vez ya no puede ir a elecciones.

  • Daniel Quintero se quedó sin consulta, sin firmas y sin candidatura tras los fallos que parecen cerrarle definitivamente su camino a la Presidencia. FOTO: COLPRENSA
    Daniel Quintero se quedó sin consulta, sin firmas y sin candidatura tras los fallos que parecen cerrarle definitivamente su camino a la Presidencia. FOTO: COLPRENSA
hace 8 horas
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La intentona, con dejo de pataleo, que emprendió Daniel Quintero para poder inscribir su comité de recolección de firmas y avalar así su candidatura a la Casa de Nariño recibió ayer un portazo de la Registraduría. Y, por si fuera poco, un fallo de tutela ratificó que no le han sido vulnerados sus derechos, por lo que hoy su camino a la Presidencia parece incierto y empantanado.

Por un lado, el organismo electoral corroboró que el exalcalde de Medellín está inhabilitado para recoger las rúbricas. ¿La razón? no renunció formalmente a la consulta del Pacto Histórico y su participación allí le impide medirse en la contienda.

Contexto: Daniel Quintero no podrá recoger firmas: Registraduría confirma que inscripción en la consulta lo inhabilita

La norma es tajante: un mismo candidato, que en este caso ya acudió a una consulta, no puede acudir a otro mecanismo para participar en el mismo certamen electoral. “Quienes hubieren participado como precandidatos quedarán inhabilitados para inscribirse como candidatos en cualquier circunscripción dentro del mismo proceso electoral”, señala la ley.

Hace menos de un mes, el 15 de octubre –a 10 días de la consulta del Pacto que dio como ganador a Iván Cepeda–, el exmandatario anunció que se retiraba, argumentando que su eventual participación en un mecanismo que sería interpartidista y no partidista, le impediría medirse con otros candidatos en la consulta del ‘Frente Amplio’, que congregará a aspirantes de izquierda y centro-izquierda.

Para tratar de justificarse, Quintero manifestó que la consulta sería solo entre el Polo Democrático, la Unión Patriótica y el Partido Comunista –pese a que a la postre únicamente quedó el Polo para conservar su naturaleza de partidista– y teniendo en cuenta que no pertenecía a ninguna de esas colectividades (argumento en el que insiste), tenía libertad para buscar otros caminos.

“Dado que la consulta ahora es entre tres partidos, a los que no estoy afiliado, y que nunca autoricé participar en una consulta de ninguno, quedo en libertad para aspirar en marzo o mayo”, dijo. Días después, intentó sin éxito registrar ante la Registraduría un comité de grupo significativo de ciudadanos para la recolección de firmas.

El asunto quedó en veremos hasta ayer, cuando la Registraduría –a través de una resolución de ocho páginas– determinó que el 26 de septiembre (un mes antes de la consulta), se radicó un acuerdo de voluntad en el que los representantes del Polo, UP y Partido Comunista sí lo inscribieron para la consulta.

Sin embargo, se advierte que, una vez concluido el periodo para la modificación de candidatos –el 3 de octubre–, “no se recibió por parte de las organizaciones políticas ninguna solicitud de modificación, renuncia o retiro de los candidatos postulados”. Dicho en otras palabras, Quintero no podía retirarse de un día para otro, sino que debía cumplir unos plazos para notificar una decisión de ese calibre.

No obstante, la propia Registraduría determinó que, aun cumplidos los plazos, “no recibió, antes de la realización de la consulta, comunicación alguna de los partidos que la convocaron sobre el retiro o renuncia del precandidato Daniel Quintero Calle”.

Por todo ello, el organismo concluyó que para el momento de la consulta la inscripción del exalcalde seguía en firme y por ende, ahora no está facultado para acudir a otro mecanismo, pues debe someterse estrictamente a los resultados (Quintero quedó de tercero, después de Carolina Corcho, y apenas obtuvo 145 mil votos, lejos de los 1,5 millones que obtuvo Cepeda).

Según la Registraduría, de darle vía libre a la recolección de firmas, “inevitablemente” se estaría conduciendo “a una actuación ilegal (que) violaría el deber de proteger los derechos de los ciudadanos en los procesos electorales y de racionalizar el uso de los recursos públicos necesarios para la verificación de las firmas”.

La resolución es demoledora: la candidatura de Quintero a través de firmas es un “acto final ilícito o imposible jurídicamente, que culminaría “necesariamente en un acto contrario al derecho”.

Por si fuera poco, todo el trámite alrededor del proceso atentaría contra el principio de eficacia y economía administrativa, relacionado con la protección de los recursos públicos. “Autorizar la inscripción de alguien que no podrá ser inscrito implicaría desplegar recursos y procedimientos que carecen de finalidad práctica y jurídica”.

Otro revés

En paralelo con la resolución de la Registraduría, ayer se conoció un fallo de tutela del Juzgado 62 Administrativo de Bogotá que concluyó que, al no poder inscribir su movimiento para recoger firmas, a Quintero no se le vulneraron derechos como elegir y ser elegido, al acceso a cargos públicos y al debido proceso.

En el recurso el exalcalde insistió en que no está afiliado a ninguno de los tres partidos y que al final únicamente el proceso quedó a cargo del Polo, por lo que allí únicamente tenían participación Cepeda y Corcho. No obstante, en el fallo se recuerda la inscripción formal del 26 de septiembre y que hasta el 3 de octubre no hubo modificaciones.

Además, el Juzgado sostuvo que, aunque Quintero buscó inscribir su comité y acudió a la Registraduría, no podía hacerlo de sopetón, pues requería una cita previa. Pero lo más contundente del fallo es que, dado que no se conocía aún la resolución de la Registraduría, el despacho no podía tomar decisiones.

“Este despacho no encuentra evidencias acciones u omisiones que vulneren o amenacen con vulnerar los derechos invocados, toda vez que justamente el registro del comité aún no se encuentra resuelto”, dice el fallo de tutela.

Los caminos

Ante el revés en ambas instancias, Quintero repitió que no pertenecía a ninguna colectividad y divulgó a través de su cuenta en X una certificación del Polo en la que se señala que “no se encuentra afiliado”.

Por ello, dijo rechazar las “trabas que se han impuesto” y aseguró que la resolución de la Registraduría “es un golpe contra la democracia (...) así violan la voluntad popular, así silencian a los que no nos arrodillamos. Vamos a usar todos los mecanismos legales, pero también los morales”.

Aunque el exalcalde aún puede acudir al recurso de reposición y apelación, para expertos en la materia como elexregistrador Juan Carlos Galindo se trata de salidas que no prosperarían, en tanto los argumentos del fallo y la claridad de la ley “es absoluta”, lo que no daría lugar a dudas.

“La decisión está absolutamente apegada al ordenamiento jurídico: quien hubiera participado en una consulta para seleccionar un candidato no puede presentarse a esa misma elección bajo el aval de algún otro partido o grupo significativo. Eso lo dispone la norma de manera clara y expresa. Quintero no tiene ninguna posibilidad. Se le cerró la puerta”, advirtió Galindo a EL COLOMBIANO.

El panorama no podría ser más adverso para Quintero y seguramente hoy estará analizando qué caminos tomar ante el portazo. Aun cuando pudiera recoger firmas, el reto también es mayúsculo: los comités tienen plazo para presentar rúbricas hasta el 17 de noviembre. Es decir, tendría 10 días para recoger al menos 635.000 firmas. ¿A qué parapeteo acudirá ahora?

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