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Amanda López Hernández asumirá la curul de paz tras el fallecimiento de Diógenes Quintero

Tras la muerte del representante Quintero en el accidente aéreo de un avión Satena en Norte de Santander, así será el proceso para la sucesión de su escaño en el Congreso.

  • Diógenes Quintero Amaya, de 36 años, era uno de los 13 pasajeros que murió en el siniestro aéreo de un avión de Satena en Norte de Santander. Fotos: Colprensa y redes sociales
    Diógenes Quintero Amaya, de 36 años, era uno de los 13 pasajeros que murió en el siniestro aéreo de un avión de Satena en Norte de Santander. Fotos: Colprensa y redes sociales
hace 3 horas
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En la lista de las 15 personas que murieron en un siniestro aéreo en zona montañosa del municipio de La Playa, Norte de Santander, aparece el nombre de Diógenes Quintero Amaya, representante a la Cámara por las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz (Citrep). Ante su ausencia, ya estaría definido el proceso para la sucesión de su curul.

El abogado de 36 años era un reconocido líder de Hacarí, un municipio de la región del Catatumbo, que enfocó su labor parlamentaria en la reforma agraria y el cumplimiento del Acuerdo de Paz.

Lea también: La hipótesis y otros detalles del accidente del vuelo de Satena en el que murieron 15 personas

Quintero Amaya ocupaba una de las llamadas curules Citrep, las cuales corresponden a 16 escaños en la Cámara de Representantes creados para garantizar la reparación integral y la participación política de las víctimas del conflicto armado en las zonas más afectadas del país.

Aunque el legislador estaba instalado en el Congreso al ser elegido por esta circunscripción especial, aspiraba a la reelección en los comicios de marzo de 2026 como cabeza de lista por el Partido de la U en Norte de Santander.

Lastimosamente, Quintero era uno de los pasajeros que abordó la aeronave HK4709 de Satena que partió a las 11:42 a. m. desde Cúcuta con destino a Ocaña y que, faltando 7 minutos para culminar su trayecto, se precipitó a tierra en la vereda Curasica en el municipio de La Playa de Belén.

Este trágico hecho activó en el Congreso el proceso de sucesión, el cual está estipulado en la Constitución y contempla con varios requisitos administrativos.

Según el artículo 134 de la carta magna colombiana, ante la muerte de un congresista, la plaza debe ser ocupada por el siguiente candidato no elegido en la misma lista.

Teniendo en cuenta este requisito, Amanda López Hernández, quien ocupó el segundo lugar en las elecciones legislativa del 2022 por la lista de la Asociación de Familias Desplazadas de Hacarí, asumirá la curul correspondiente a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz (Citrep).

López Hernández ocupará este lugar hasta el próximo 20 de julio, fecha en la que finaliza la actual legislatura. Lo hará luego de que la Registraduría emita el correspondiente certificado de defunción de Quintero Amaya.

Una vez se cumpla este requisito por parte de la autoridad registradora, la mesa directiva de la Cámara deberá expedir un acto administrativo declarando la vacante. Por último, se procedería al Consejo Nacional Electoral para cancelar la credencial del legislador fallecido y emitir el certificado para López Hernández.

Siga leyendo: “Ellos trataron con la niebla y pasaron un filo”: relato del campesino que encontró el avión de Satena

Diógenes Quintero era natural del municipio de Hacarí y se graduó como abogado en la Universidad Libre de Cúcuta. Contaba con una especialización en derecho administrativo.

A través de un comunicado, el Partido de la U, colectividad con la cual buscaba reelegirse en las elecciones de marzo, lo describió como “un líder comprometido con su región, con una firma vocación de servicio y un profundo sentido de responsabilidad pública”.

Bloque de preguntas y respuestas

¿Quién reemplaza a un congresista fallecido en Colombia?
El siguiente candidato no elegido en la misma lista, según lo establece el artículo 134 de la Constitución.
¿Las curules Citrep también tienen reemplazo?
Sí. Aunque son especiales, su sucesión se rige por las mismas normas constitucionales.
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