Pico y Placa Medellín

viernes

2 y 8 

2 y 8

Pico y Placa Medellín

jueves

5 y 9 

5 y 9

Pico y Placa Medellín

miercoles

4 y 6 

4 y 6

Pico y Placa Medellín

martes

0 y 3  

0 y 3

Pico y Placa Medellín

domingo

no

no

Pico y Placa Medellín

sabado

no

no

Pico y Placa Medellín

lunes

1 y 7  

1 y 7

EPS deberán evaluar salud física y mental de quienes pidan cirugías reconstructivas

Así lo indicó un fallo de la Corte Constitucional que analizó el caso de una mujer que solicitó una cirugía bariátrica para tratar la obesidad que tenía. Esto estableció para las EPS.

  • La paciente del caso que llegó a la Corte solicitó en repetidas ocasiones que se autorizara una cirugía para retirar un tejido sobrante. FOTO CORTESÍA GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA
    La paciente del caso que llegó a la Corte solicitó en repetidas ocasiones que se autorizara una cirugía para retirar un tejido sobrante. FOTO CORTESÍA GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA
hace 3 horas
bookmark

Tome nota. Las entidades promotoras de salud (EPS) no podrán rechazar una cirugía reconstructiva sin que antes hagan una valoración médica completa que incluya tanto las afectaciones físicas como las psicológicas del paciente. Sobre todo, cuando ambas inciden en su calidad de vida y en el ejercicio del derecho fundamental a la salud.

Este criterio fue reafirmado por la Corte Constitucional en la Sentencia T-152 de 2026, al estudiar la tutela presentada por una mujer de 37 años que, tras someterse a una cirugía bariátrica para tratar la obesidad, desarrolló complicaciones derivadas del exceso de piel ocasionado por la pérdida significativa de peso.

Le puede interesar: Otro hospital en rines por crisis de salud: deben $143.000 millones al Erasmo Meoz.

La paciente fue intervenida en 2021 mediante una manga gástrica, procedimiento que le permitió reducir alrededor de 37 kilos. Sin embargo, la transformación física dejó pliegues de piel en el abdomen, los brazos y la zona interna de las piernas, situación que con el paso del tiempo empezó a generar molestias persistentes.

De acuerdo con el expediente, la mujer reportó irritación constante, dolor, enrojecimiento y sensación de ardor en distintas partes del cuerpo. A esas molestias se sumaron consecuencias emocionales relacionadas con la percepción de su imagen corporal y con sus relaciones personales. Durante el tratamiento también recibió diagnósticos de lipodistrofia (afección que cambia la forma en que el cuerpo produce, usa y acumula la grasa) y depresión.

Frente a este panorama, la paciente solicitó en repetidas ocasiones que se autorizara una cirugía para retirar el tejido sobrante. Su médico tratante recomendó que el caso fuera analizado por un equipo interdisciplinario que evaluara de manera conjunta todas las condiciones clínicas involucradas.

No obstante, la EPS conformó comités integrados únicamente por especialistas en cirugía plástica, quienes concluyeron que el procedimiento no era procedente. Para la Corte, esa decisión se adoptó sin considerar elementos médicos esenciales, ya que quedaron por fuera las valoraciones relacionadas con la salud mental y otras especialidades necesarias para comprender el impacto integral de la condición de la paciente.

En su análisis, el tribunal señaló que el derecho al diagnóstico exige una evaluación completa antes de definir cualquier tratamiento. Esto implica que las entidades del sistema de salud deben examinar todas las enfermedades y síntomas que puedan estar interrelacionados, evitando análisis parciales que conduzcan a decisiones incompletas o insuficientemente sustentadas.

La alta corte recordó además que una cirugía plástica no siempre tiene un propósito cosmético. Existen procedimientos cuya finalidad es restaurar funciones del organismo o corregir alteraciones que producen consecuencias físicas y psicológicas importantes. Por ello, la naturaleza reconstructiva de una intervención depende de su objetivo terapéutico y de las circunstancias particulares de cada paciente, no únicamente del tipo de cirugía que se practique.

Otro de los aspectos resaltados en la sentencia es la continuidad del tratamiento médico. El alto tribunal indicó que las secuelas derivadas de la cirugía bariátrica hacían parte del mismo proceso asistencial y, por tanto, debían ser atendidas de manera integral. En consecuencia, la EPS no podía descartar la intervención solicitada únicamente porque correspondiera a una cirugía plástica, sin determinar previamente si era necesaria para aliviar las complicaciones físicas y el deterioro emocional ocasionados por la pérdida masiva de peso.

Como medida de protección, la Corte ordenó a EPS Sanitas realizar una nueva valoración mediante un comité interdisciplinario conformado, al menos, por especialistas en cirugía plástica, nutrición, hematología, gastroenterología, psiquiatría y psicología. Este grupo deberá establecer el impacto que la lipodistrofia y el exceso de piel tienen sobre la salud física y mental de la paciente y, con base en esa evaluación, definir si la cirugía reconstructiva hace parte del tratamiento indicado.

La decisión judicial no implica la autorización automática del procedimiento. En cambio, exige que cualquier determinación esté respaldada por un análisis clínico integral que considere todos los diagnósticos existentes y el efecto real de la condición sobre la vida de la paciente.

Con este fallo, la Corte Constitucional fortalece el alcance del derecho a la salud y a la dignidad humana, al insistir en que las juntas médicas deben conformarse de acuerdo con la complejidad de cada caso. Asimismo, establece que las EPS tienen la obligación de valorar conjuntamente las dimensiones físicas y psicológicas antes de decidir sobre tratamientos reconstructivos, garantizando que las respuestas médicas se fundamenten en un examen completo y no en apreciaciones aisladas.

Para consultar contenido prémium o profundizar sobre sus temas de interés de Medellín, Antioquia, Colombia y el mundo, regístrese aquí.

Para más noticias sobre política, paz, salud, judicial y actualidad, visite la sección Colombia de EL COLOMBIANO.

Nuestros portales

Club intelecto

Club intelecto
Las más leídas

Te recomendamos