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Todos sobre la resolución del Gobierno para la eutanasia

Puede solicitarse ante agonía y enfermedad terminal o avanzada incurable. Detalles.

  • El paciente debe manifestar de forma voluntaria su deseo de tener una muerte asistida y su solicitud será estudiada por un Comités de expertos, encargado de aprobarla o negarla. FOTO SSTOCK
    El paciente debe manifestar de forma voluntaria su deseo de tener una muerte asistida y su solicitud será estudiada por un Comités de expertos, encargado de aprobarla o negarla. FOTO SSTOCK
14 de julio de 2021
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Con la Resolución 971, el Ministerio de Salud emitió los parámetros a la hora de solicitar, reportar y tramitar la muerte asistida a través de la eutanasia en Colombia.

En 1997, mediante la sentencia C-239, la Corte Constitucional ya había instado al Congreso para que legislara sobre este conducto regular.

Sin embargo, 24 años después, el órgano legislativo seguía sin atender el llamado del alto tribunal, razón por la que, desde 2020, los magistrados pusieron la tarea en manos del poder Ejecutivo.

Fue así como surgió la citada resolución, compuesta por 36 artículos en los que el Ministerio de Salud esboza quiénes pueden solicitar la aplicación de la eutanasia y cómo pueden hacerlo.

Los pasos y el trámite

La normativa explica que el mecanismo puede ser activado por un paciente que se encuentre en agonía, padeciendo una enfermedad avanzada incurable o una terminal.

Estas personas tienen la posibilidad de manifestar mediante escrito o palabra su deseo de tener una muerte asistida. Aunque, luego de comunicarlo, pueden desistir de ello en cualquier momento.

En todo caso, la cartera de Salud hace énfasis en que la “solicitud debe ser voluntaria”.

Esto también aplica para los extranjeros domiciliados en Colombia, quienes deben evidenciar un residencia ininterrumpida, por lo menos, de un año.

De otro lado, el artículo 8 plantea que el médico receptor de la solicitud será el “responsable del reporte”.

En este orden de ideas, el profesional deberá verificar que se trate de una petición voluntaria e informar al paciente sobre las alternativas para tratar su condición. Si el solicitante se reafirma en su posición, luego el internista debe registrar la solicitud, inmediantamente, en la historia clínica.

Posteriormente, el médico “debe reportar la solicitud dentro de las primeras 24 horas y activar el Comité Científico Interdisciplinario para el Derecho a Morir con Dignidad”, detalla la resolución.

El anterior grupo estará conformado por un especialista en la enfermedad del solicitante, un abogado y un psiquiatra clínico.

Aquí cabe precisar que, si el Comité niega la solicitud, el paciente puede solicitar una segunda opinión, que estará a cargo de un Comité igual al rechazador.

El articulado enfatiza en que no se activará el Comité ante la imposibilidad de expresar la solicitud de manera libre ni cuando la petición sea realizada por un tercero.

También, apunta que la aplicación de la eutanasia puede ser objetada por los médicos, pero no por las IPS o EPS.

Nuevas polémicas

Desde el Congreso hay voces en contra y a favor de la resolución 791.

Armando Bendetti, senador por el Partido de la U, la calificó como “un gran avance”.

No obstante, consideró que “la falla está en la creación de los comités dentro de las clínicas para que se tome la determinación, porque se puede demorar mucho tiempo en la aplicación de las eutanasias”.

Por su parte, María del Rosario Guerra, senadora del Centro Democrático, aseveró que el Gobierno desconoce el derecho fundamental a vivir.

Una posición compartida por el senador John Milton Rodríguez, fundador del partido Colombia Justa Libres (de fundamento religioso), quien afirmó que, desde su movimiento, procederán con medidas legales ante la resolución 971.

A pesar de ello, Esteban Hoyos, abogado constitucionalista, remarcó que “la Corte Constitucional reconoció la existencia de este derecho en nuestra Constitución desde 1997”, por lo que, desde su perspectiva, no se estaría omitiendo ni desconociendo la ley con el derecho a la muerte asistida

24
años han pasado desde que la Corte Constitucional emitió la sentencia C-239.

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