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Por cobrar por trámites que debían ser gratuitos, inhabilitan a cónsul de Colombia en Italia

El diplomático cobró por orientar y coordinar ante autoridades italianas una diligencia de autenticación de firma para una colombiana.

  • Cónsul honorario de Colombia en Florencia, Italia, Gianni Lusena. Foto: Colprensa y redes sociales
    Cónsul honorario de Colombia en Florencia, Italia, Gianni Lusena. Foto: Colprensa y redes sociales
hace 2 horas
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Lo que debía ser una asistencia gratuita a una ciudadana colombiana terminó convirtiéndose en una falta disciplinaria gravísima. La Procuraduría General sancionó en primera instancia al cónsul honorario de Colombia en Florencia, Italia, Gianni Lusena, por cobrarle indebidamente 70 euros, unos 300.000 pesos colombianos, a una connacional durante un trámite notarial.

La decisión le impuso una inhabilidad de cinco años para ejercer funciones públicas y una multa equivalente a 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes para 2021.

De acuerdo con la investigación, el 14 de junio de 2021 Lusena contactó, orientó y coordinó ante autoridades italianas una diligencia de autenticación de firma para una colombiana. Sin embargo, al finalizar la gestión, le pidió y recibió dinero pese a que no estaba facultado para cobrar por ese tipo de asistencia ni para recibir remuneración por sus servicios.

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Para la Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 4, el funcionario aprovechó su investidura para presentar como institucional una gestión que debía prestarse sin costo.

Según el organismo de control, Lusena “aprovechó su condición de cónsul para presentar como institucional una gestión que debía ser gratuita”, desconociendo además el carácter honorario de la función consular y vulnerando el principio de moralidad administrativa.

La Procuraduría concluyó que la conducta constituye una falta gravísima cometida a título de dolo, al considerar que el cónsul sabía que no podía cobrar por el servicio y aun así recibió el dinero.

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La sanción fue proferida en primera instancia, por lo que se podrá interponer recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento de la Procuraduría.

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