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Crash, ¿qué hacer cuando se presenta el choque?

18 de julio de 2008
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Un rodar tranquilo por cualquiera de las calles y avenidas de la ciudad de pronto se ve interrumpido por el estrépito de unos frenos que se accionan de manera repentina, latas que chocan, vidrios que se revientan y alarmas que se activan.

Luego un silencio y más adelante las caras de consternación y preocupación de los conductores de los dos carros que colisionaron.

Angustia, rabia, tristeza, desespero, una mezcla de sensaciones que siguen a estos incidentes. Y la pregunta ¿y ahora qué?

Luego de un choque lo que sigue es un procedimiento normal en el que intervienen varias instancias y autoridades y en el que la recomendación básica es mantener la calma para actuar de forma correcta y no agravar las circunstancias que hagan más complejo el momento y su desarrollo posterior.

El tránsito
La primera acción que se debe hacer es llamar al tránsito.

Aunque puede existir una salvedad, como lo explica el comandante Luis Carlos Jaramillo, "cuando se trata de golpes que involucran piezas pequeñas, de poco monto, que se pueden reparar fácil, no es necesario que se acuda al tránsito. Se puede realizar un acuerdo entre los involucrados, para dar mayor agilidad".

Eso sí, en casos en los que se presenten lesionados o víctimas fatales es obligatorio que el tránsito se haga presente.

La comunicación se puede realizar a través de la línea 1 2 3 en la que el operario receptor clasifica el incidente y lo remite a un operario del tránsito que procede a entregar el caso al agente que se encuentre más cerca del sitio. Muchas veces la misma congestión que forma el incidente puede retrasar un poco la llegada de la autoridad. Paciencia.

Entre tanto, no es recomendable mover los carros con la excusa de no interrumpir más el tráfico. El objetivo es que una vez en el sitio el guarda pueda levantar el croquis del accidente, en un borrador, que luego se pasa en limpio. Este croquis debe llevar la firma de los conductores involucrados, cuando están de acuerdo con lo reflejado allí. Si no lo están, firman y en el apartado de observaciones hacen los comentarios que consideren necesarios sobre sus desacuerdos con lo plasmado en el mapa.

Una vez el croquis está levantado, ya sí con el apoyo de la autoridad de tránsito, los carros pueden moverse a un sitio en el que no causen mayores problemas con la movilidad de la vía.

El agente de tránsito debe pedirle además a los involucrados los documentos de matrícula, soat, certificado de revisión técnico mecánica, licencia de conducción y cédula. Cuando se trata de vehículos de servicio público se agregan la tarjeta de operación y la llamada tarjeta amarilla, en los taxis.

También el guarda debe tomar las versiones de los conductores involucrados en el choque, y de los testigos cuando existan.

Hoy, con la implementación del sistema penal acusatorio, también a la autoridad de tránsito se le confirieron funciones de policía judicial, una labor fundamental cuando se presentan accidentes con lesionados o muertos. Así, los guardas de tránsito no solo acordonan el área del suceso, también deben desarrollar la labor de recolección de pruebas y ponerlas en la cadena de custodia para entregarlas luego al fiscal. Además, están en capacidad de realizar levantamientos de cadáveres, señala Luis Carlos Jaramillo.

"En este proceso nos demoramos cerca de media hora, mientras la URI (Unidad de Reacción Inmediata) puede tardarse hasta tres horas, con lo que se gana en mayor agilidad sobre la vía", agrega.

Audiencias
El guarda entrega finalmente la citación y los conductores tienen 10 días para acercarse a la oficina del tránsito (en el caso de Medellín) para notificarse sobre la fecha y la hora de la audiencia.

La realización de las audiencias está hoy en promedio en un plazo de tres meses de manera aproximada y debe darse en un plazo máximo de seis meses, de lo contrario se declara la caducidad.

Muchas personas consideran que cuando se presenta un arreglo o transacción entre las partes para responder por los daños ocasionados en el choque, no es necesaria la audiencia. Según Marta Luz Tapias, subsecretaria jurídica del Tránsito de Medellín, esto no es totalmente cierto, porque en la audiencia se determinan también las responsabilidades por una posible contravención a las normas de tránsito, como pasar el semáforo en rojo o rodar en contravía y que pudieron ser las causantes del choque.

Una recomendación básica en el desarrollo de la audiencia es la puntualidad para asistir a la sesión, nada de la ley del cuarto. También es importante que cuando se trata de menores de edad, estos deben ir acompañados por su representante legal o abogado.

En muchas ocasiones el fallo no se da en la primera audiencia, en ese caso se solicita una ampliación para práctica de pruebas que ilustren con la mayor certeza posible las causas del accidente y las responsabilidades por el mismo.

De todas formas el fallo debe darse en un plazo máximo de tres años, comenta la funcionaria.

Cuando la multa que se impone es mayor a 20 salarios mínimos legales diarios vigentes, el afectado, si no está de acuerdo con la decisión, puede pedir un recurso de apelación, cuya primera instancia es el inspector y en segunda instancia el secretario de tránsito y su decisión ya es inapelable.

Cabe anotar que cuando existen lesionados o muertos también se desarrolla de manera paralela un proceso penal en el que las autoridades de tránsito pueden ser llamadas a aportar las pruebas recaudadas. Cabe anotar que para entablar una querella por lesiones o muerte la ley establece un plazo de 30 días como máximo, después de sucedido el hecho.

Aproveche el seguro
Hoy gran parte de los propietarios de vehículos tienen un seguro que los ampara. Estas pólizas cuentan con un apartado de asistencia en viaje que se convierte en una herramienta muy útil en el momento de hacer frente a una situación de accidente.

Como lo señala Santiago Saavedra, gerente de la agencia de Medellín de Aseguradora Solidaria, en esta asistencia se presenta lo que se denomina "Perito in Situ" y "Abogado in Situ" que acompañan al asegurado desde el momento mismo del siniestro.

En el sitio el perito se encarga de recolectar pruebas y tomar fotos que, en primer lugar , descarten toda posibilidad de un fraude, y en segunda instancia, sirvan de apoyo en la defensa del asegurado. Es importante aclarar, como lo hace el directivo de La Solidaria que "las aseguradoras y el tránsito trabajan de manera independiente". Por su parte la asistencia jurídica se encarga de velar por el debido proceso y aconsejar al asegurado en su actuación tanto en el sitio del accidente como en las audiencias posteriores.

En muchas ocasiones la presencia de los funcionarios de la aseguradora en el sitio del incidente puede llevar a que allí se desarrolle un proceso de transacción entre los afectados para el caso de los daños. Pero ojo, advierte el directivo que cuando el arreglo se hace sin la autorización de la firma aseguradora se crea una causal de exclusión.

Un aspecto fundamental a la hora de utilizar los abogados de la firma aseguradora es que con su presencia se agiliza la presentación del caso ante la firma. Además, al requerirlos por el servicio de asistencia en viaje no se afecta la póliza ni el récord de siniestralidad. Una recomendación que hacen los expertos es que cuando se cuenta con un seguro, jamás el asegurado debe aceptar por si mismo la responsabilidad en el accidente.

Otra causa de exclusión se presenta cuando el asegurado no asiste a ninguna de las diligencias, o no entrega el poder al abogado de la firma aseguradora para cumplir con su labor. También cuando afronte un proceso civil sin dar aviso oportuno a la aseguradora o no la llama en garantía.

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