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Gobierno Nacional reglamentó el registro de archivos y libros electrónicos

25 de abril de 2013
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El Gobierno Nacional reglamentó los archivos electrónicos y libros de comercio para facilitar a los comerciantes el uso de diferentes alternativas de firmas electrónicas disponibles.

La reglamentación se estableció gracias a el Decreto 019 de 2012 y el artículo 173 en el que se dictaron normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios en la administración pública.

Para ello define como archivo electrónico cualquier documento en forma de mensaje de datos generado, enviado, recibido, almacenado o comunicado en medios electrónicos, ópticos o similares.

Mientras tanto, se entiende por libros de comercio en medios electrónicos los documentos en forma de mensajes de datos mediante los cuales los comerciantes realizan los registros de sus operaciones mercantiles.

Los libros de comercio en medios electrónicos deberán ser inscritos en la cámara de comercio que corresponde al domicilio del comerciantes.

 

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