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¿Justicia en la sala?

31 de enero de 2012
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La Constitución Política de 1991 introdujo reformas al Estado y de manera trascendental a la Administración de la Rama Judicial, buscando su consolidación e independencia de las otras Ramas a través de la creación del Consejo Superior de la Judicatura, que tendría entre otros objetivos el de garantizar el autogobierno del poder judicial y el de promover la eficiencia, la eficacia, la confianza, la calidad, la transparencia, la autonomía, el libre acceso y el fortalecimiento institucional de la administración de justicia.

El C. S. de la Judicatura cuenta con dos salas, la Administrativa, a la que le corresponde fijar los derroteros para posicionar la justicia como un sistema independiente y creíble para los ciudadanos, mediante una pronta y oportuna aplicación de la misma, y la
Disciplinaria, que tiene facultad nominadora y funciones jurisdiccionales como la de investigar y sancionar en materia disciplinaria en el ejercicio de la profesión a los abogados y a todos los funcionarios judiciales, así como a quienes cumplan funciones jurisdiccionales de manera transitoria u ocasional; también le corresponde dirimir los conflictos que se susciten por competencias entre las distintas jurisdicciones.

Pero este importante Organismo del Poder Judicial, que debería ser el adalid en el reconocimiento de los derechos, el modelo a seguir en transparencia, ecuanimidad y respeto a las normas legales, desafortunadamente viene presentándose ante el país como un ente politizado y despilfarrador de los recursos del Estado, pues está siendo deslegitimada por las actuaciones indecorosas, antiéticas y posiblemente ilegales de algunos magistrados y por la solidaridad de cuerpo de la mayoría, hechos de los que nos hemos enterado por los medios de comunicación.

En nuestro medio, cuando esto sucede, se corre a decir que hay que acabar la institución o dependencia por ineficiente o corrupta, sin hacer un análisis profundo para determinar si son su misión y objetivos los que han perdido validez, o si son sus funcionarios quienes no han cumplido con sus deberes, han desviado los recursos, etc., para proceder a someterlos al imperio de la Ley y a tomar los correctivos necesarios para que sólo lleguen a ellas personas con las más altas calidades morales y profesionales; es el caso de la Comisión Nacional de Televisión, de la Dirección Nacional de Estupefacientes, del DAS, y ahora del C. S. de la Judicatura.

Además de los excesivos gastos y viajes, denuncias por clientelismo y corrupción, carrusel de las jubilaciones, entre otras irregularidades, es indignante lo que actualmente está ocurriendo con quienes ganaron el concurso convocado en febrero de 2008 para proveer los cargos judiciales por razón del mérito, de conformidad con la Ley 270 de 1996, pues varios profesionales que aprobaron los exámenes y demás pruebas y asistieron a seminarios de actualización y de formación judicial, en los que se invirtieron cuantiosos recursos públicos, aún siguen a la espera del nombramiento a que tienen derecho por haber obtenido las mejores notas.

Desde agosto de 2011 la Sala Administrativa remitió a la Disciplinaria la lista de elegibles para proveer los cargos de magistrado en varias seccionales del país, pero ésta ha omitido el deber que le impone el Art. 167 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia que dispone nombrar dentro de los diez días siguientes y apeló la sentencia de Acción de Cumplimiento fallada en su contra por el Tribunal Superior de Cundinamarca, buscando demorar los nombramientos de magistrados de carrera para que continúen en esos cargos unos provisionales que no participaron en el concurso ni asistieron a las diferentes capacitaciones.

O sea que desde hace cinco meses la Sala Disciplinaria viene negando derechos adquiridos en franca lid, jugando con el esfuerzo, con las expectativas de vida y de realización profesional de quienes reunieron todos los requisitos de ley para ser nombrados. Pero al parecer no hay autoridad que ponga en cintura a los integrantes de esa Sala, que investigue la incidencia de sus actuaciones en la congestión de los despachos judiciales, en el deficiente servicio de justicia que se presta a los ciudadanos y en el detrimento patrimonial que sufre la Nación por estos hechos, adicional al que investiga la Contraloría General de la República por el carrusel de pensiones que propician.

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