Si alguna vez le ha pasado que lo llamen de un banco a altas horas de la noche a recordarle el pago de una deuda, o que le interrumpan una reunión familiar un domingo para hacerle caer en cuenta de que está en mora en la tarjeta de crédito, quédese tranquilo que la Superintendencia Financiera pondrá en cintura a los bancos y restringirá esta práctica.
Pero no se tranquilice tanto porque la deuda solo desaparece cuando la haya pagado.
Lo que indica es que el cobro deberá hacerse con más respeto con el deudor. Así lo establece un proyecto de circular de la Superintendencia Financiera, que fue puesta en su página web (www.superfinanciera.gov.co) para consulta y comentarios de los bancos e interesados, que tienen plazo hasta hoy para enviar sus comentarios: amcruz@superfinanciera.gov.co.
Según el superintendente, César Prado Villegas, esas llamadas de los bancos a los deudores morosos deberán reprogramarse y hacer en horarios hábiles de trabajo y explicó que se trata de una defensa de los usuarios de la banca para establecer un marco en el cual deberán moverse las entidades financieras para realizar sus cobros.
Información más clara
Cuando quede en firme la circular, todavía en borrador, los bancos y entidades financieras deberán cumplir con algunas normas de respeto frente a los deudores morosos, entre ellas, las siguientes:
- Antes de la entrega de un crédito deberán informar al cliente, de manera clara y precisa, las políticas y mecanismos que aplica el banco para el cobro prejudicial de la cartera, así como los gastos que se derivan de esa gestión.
- Abstenerse de realizar algún cobro por este concepto, sin haber iniciado la gestión y sin que los gastos hayan sido pactados e informados previamente a los deudores.
- Dejar constancia documental de las gestiones realizadas para la recuperación de la cartera y de la información que entregó a sus deudores.
- Efectuar las gestiones de cobro de manera respetuosa y en horarios adecuados a los consumidores financieros.
- Garantizar que los funcionarios de la entidad o las firmas autorizadas para hacer el cobro reporten los pagos realizados por el deudor y que se apliquen al crédito de forma inmediata.
- Expedir comprobante de los pagos realizados, indicando, en forma detallada, cómo fueron aplicados.
Según el superintendente Prado Villegas, los bancos y entidades financieras en general deberán cumplir con dos criterios a la hora de cobrar las deudas morosas: proporcionalidad y razonabilidad entre la gestión realizada y el cobro que se le hace al deudor, y otro, que no se podrá cobrar si no ha habido una gestión efectiva.
"Al momento de hacer esa cobranza tendrán que seguir los parámetros mínimos de información, de buen trato y de respeto a los deudores en mora", comentó.
Dijo que la circular en firme se estaría publicando en las próximas dos semanas, una vez se revisen los comentarios que se reciban hasta las 5:30 de la tarde de hoy, viernes.
César Prado explicó que el tema forma parte del proyecto de reforma financiera, pero que decidió abrir este espacio ante las recientes denuncias en el Congreso sobre abusos de los bancos en el cobro a los usuarios morosos.
"Lo que busca la norma es que los bancos puedan, efectivamente, cobrar su cartera, pero que lo hagan con pleno respeto a los derechos de los deudores en mora", explicó el funcionario. Y dijo que esa norma deja claro que no se podrán utilizar instrumentos de cobro como los llamados "chepitos" u otros mecanismos no autorizados.
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