Las multas de tránsito no se volverán a duplicar, y el tiempo y la posibilidad de pagarlas con un descuento se ampliaron.
Así quedó definido en la ley 1383, sancionada por el presidente Alvaro Uribe el pasado 16 de marzo y que modifica varios aspectos del Código de Tránsito.
De acuerdo con lo explicado por la senadora del Movimiento Mira, Gloria Stella Díaz, autora de la iniciativa, el conductor que cometa una infracción tendrá, a partir de la imposición de la multa, 5 días para presentarse y pagar con el derecho a acceder al descuento del 50 por ciento. Si cancela del día 6 al 20, gozará del 25 por ciento de descuento. Si no lo hace en este tiempo, tendrá que pagar el 100 por ciento del valor, pero la multa no se duplicará en ningún caso.
Agregó que los conductores del país con deudas pendientes de pago por infracciones de tránsito tendrán, como parte de esta ley, un período de gracia de 12 meses, en los que tendrán derecho a un descuento del 50% de su deuda.
Estas modificaciones, que entrarán a regir una vez la ley sea publicada en el Diario Oficial, también contemplan la suspensión, hasta por un término de diez años, de la licencia de conducción a todas las personas que sean sorprendidas manejando bajo efectos del alcohol.
Revisión anual
Por su parte, la Asociación de Centros de Diagnóstico a Nivel Nacional (Acedan) y la Asociación Nacional de Centros de Diagnóstico Automotor (Aso-CDA) también señalaron que frente a la revisión técnico mecánica y de gases, la nueva legislación establece cambios de fondo.
Es así como la obligatoriedad de realizar la revisión técnico mecánica y de gases ya se fija con una periodicidad anual para "todos los vehículos automotores". Señala la norma que en el caso de vehículos nuevos, deberán realizarla cada dos años en sus primeros seis años de vida útil y luego sí anual.
Dicha revisión verificará situaciones como el buen estado de la carrocería, emisiones de gases, funcionamiento del sistema mecánico, operación de los sistemas eléctrico y el conjunto óptico, eficiencia del sistema de combustión interno, elementos de seguridad, estado del sistema de frenos, estado de las llantas, entre otros factores.
El propietario del vehículo que no lleve a cabo la revisión en el plazo determinado por su placa tendrá una sanción de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes y también la inmovilización del automotor.
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