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Consejo de Estado negó demanda que buscaba tumbar la posesión de De la Espriella en Cali: esta es la razón

El alto tribunal determinó que no existen pruebas ni méritos suficientes que demuestren un riesgo inminente al orden constitucional por la doble nacionalidad del mandatario.

  • La Sección Quinta del Consejo de Estado rechazó la solicitud de medida cautelar que buscaba suspender la posesión del presidente electo Abelardo de la Espriella, programada para este 7 de agosto en Cali. FOTO: Getty
    La Sección Quinta del Consejo de Estado rechazó la solicitud de medida cautelar que buscaba suspender la posesión del presidente electo Abelardo de la Espriella, programada para este 7 de agosto en Cali. FOTO: Getty
  • Abelardo de la Espriella se posesionará el próximo viernes 7 de agosto en la ciudad de Cali. FOTO: Getty
    Abelardo de la Espriella se posesionará el próximo viernes 7 de agosto en la ciudad de Cali. FOTO: Getty
04 de agosto de 2026
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Sin méritos ni pruebas de una afectación inmediata al orden constitucional, la Sección Quinta del Consejo de Estado dejó firme este martes 4 de agosto el acto con el que Abelardo de la Espriella asumirá la jefatura del Estado colombiano este viernes 7 de agosto de 2026 en la Arena USC de Cali, Valle del Cauca.

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La decisión judicial conocida en la tarde de este martes desestimó la solicitud de medida cautelar urgente formulada por el abogado Luis Guillermo Pérez y un colectivo ciudadano. Los demandantes buscaban frenar provisionalmente la investidura del mandatario electo e incluyeron en el recurso a su fórmula vicepresidencial, José Manuel Restrepo.

Sin embargo, los magistrados Luis Alberto Álvarez y Ómar Joaquín Barreto concluyeron que el expediente carecía de elementos de juicio suficientes para estructurar una suspensión preventiva de las exequias institucionales.

Abelardo de la Espriella se posesionará el próximo viernes 7 de agosto en la ciudad de Cali. FOTO: Getty
Abelardo de la Espriella se posesionará el próximo viernes 7 de agosto en la ciudad de Cali. FOTO: Getty

El argumento de la lealtad dual y la intervención política

La controversia central giró en torno a la supuesta incompatibilidad del gobernante por poseer ciudadanía estadounidense —adquirida en 2023— e italiana. Según la acción legal instaurada, el juramento formal prestado ante los Estados Unidos generaba un conflicto de intereses incompatible con la soberanía nacional.

En el recurso radicado, los accionantes sostuvieron expresamente que: “El juramento de fidelidad a otro Estado constituye una fractura insalvable con los deberes constitucionales del cargo”, en referencia al caso del presidente electo y su doble nacionalidad.

A esta ofensiva jurídica se sumó la postura del senador del Pacto Histórico Iván Cepeda, quien intervino en el debate negándose a reconocer la legitimidad del mandatario electo. Pese a la intensidad del choque político, el alto tribunal determinó que no existían evidencias sumarias que demostraran una transgresión directa a la carta política.

Un escenario inédito ante otro frente jurídico abierto

El aval judicial despeja el camino para una ceremonia histórica fuera de Bogotá en la era moderna, la cual cuenta con el visto bueno del Congreso de la República. El evento convocaría a nueve jefes de Estado y a personalidades internacionales como Gianni Infantino, presidente de la Fifa.

De la Espriella justificó el traslado del acto oficial a la capital del Valle como el inicio de un mandato descentralizado que operará alternadamente desde Barranquilla, respondiendo al recrudecimiento de la violencia en el suroccidente del país.

Pese al fallo del Consejo de Estado, la logística del evento afronta un segundo litigio en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. El ciudadano David Cano radicó este mismo 4 de agosto una acción popular contra los costos y traslados parlamentarios de la posesión en Cali.

“La inminencia de la fecha de posesión presidencial, prevista para el 7 de agosto de 2026, hace que la amenaza a los derechos colectivos sea actual, grave y de difícil reversión, pues los gastos, traslados, adecuaciones, contratación y despliegues de seguridad pueden ejecutarse antes de que exista control judicial efectivo”, concluyeron.

Esta última acción permanece a la espera de resolución judicial.

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Bloque de preguntas y respuestas

¿Por qué se intentó suspender la posesión de Abelardo de la Espriella como presidente de Colombia?
La demanda buscaba frenar el acto de investidura argumentando un supuesto conflicto de lealtades e incompatibilidad constitucional. Según los demandantes, al haber adquirido la ciudadanía estadounidense en 2023 y prestar juramento de fidelidad a ese país, se vulneraba el principio de lealtad absoluta y soberanía nacional exigido a un mandatario colombiano.
¿Por qué el Consejo de Estado rechazó la medida cautelar que frenaba la posesión?
La Sección Quinta del alto tribunal determinó que los demandantes no aportaron pruebas ni elementos de juicio suficientes para demostrar una afectación inmediata o directa al orden legal y constitucional. Ante la falta de evidencias sumarias que justificaran una medida urgente, los magistrados mantuvieron firme la ceremonia.
¿Quiénes son los magistrados del Consejo de Estado que fallaron a favor de mantener la ceremonia?
El caso fue evaluado y desestimado por los magistrados Luis Alberto Álvarez y Ómar Joaquín Barreto. Ambos juristas concluyeron que el recurso impulsado por el abogado Luis Guillermo Pérez y un grupo de ciudadanos carecía de méritos para congelar el acto oficial.
¿Por qué la ceremonia de posesión presidencial del 7 de agosto se realizará en Cali y no en Bogotá?
El evento se trasladó a Cali tras recibir el aval del Congreso de la República, convirtiéndose en la primera ceremonia moderna fuera de la capital. El presidente electo justificó esta elección como el inicio de una política de descentralización para acercar el Estado a las regiones periféricas y responder al recrudecimiento del conflicto armado en el suroccidente del país.

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