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A punto de terminar el Gobierno Petro, MinCultura cambió reglas para financiar el cine colombiano

Esta nueva norma no entrará en vigor hasta julio de 2027, dejando su implementación en manos de la nueva administración.

  • El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes expidió el Decreto 0876 el 29 de julio de 2026, tres días antes del cambio de Gobierno. FOTO Colprensa
    El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes expidió el Decreto 0876 el 29 de julio de 2026, tres días antes del cambio de Gobierno. FOTO Colprensa
hace 4 horas
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A tres días del cambio de Gobierno, la administración del presidente Gustavo Petro expidió un decreto que modifica el procedimiento para que los proyectos cinematográficos nacionales accedan a beneficios tributarios.

El Decreto 0876 del 29 de julio de 2026, firmado por la ministra de las Culturas Yannai Kadamani Fonrodona y el ministro de Hacienda Germán Ávila Plazas, introduce cambios al régimen contemplado en el artículo 16 de la Ley 814 de 2003, que permite a inversores y donantes de producciones cinematográficas colombianas acceder a deducciones en su declaración de renta.

El decreto modifica los artículos 2.10.2.6.1 al 2.10.2.6.6 del Decreto 1080 de 2015 y redefine el procedimiento mediante el cual los realizadores presentan sus proyectos para obtener el aval que les permite recibir inversiones o donaciones con beneficio tributario.

Uno de los cambios centrales es que Ese trámite ya no se hará por el procedimiento tradicional, sino a través de una plataforma digital que el Ministerio de las Culturas deberá implementar durante el próximo año.

El elemento que más llama la atención de la norma aparece en su artículo final: el decreto entrará en vigencia un año después de su publicación en el Diario Oficial.

Es decir, sus efectos prácticos no comenzarán hasta julio de 2027, lo que deja en manos del nuevo gobierno la implementación del sistema digital y la reglamentación de los mecanismos tecnológicos necesarios para que el nuevo esquema funcione.

Entre los cambios concretos que introducen la norma figura la fijación de plazos máximos para la ejecución de las producciones aprobadas.

Los largometrajes y documentales tendrán cuatro años para culminar su desarrollo, los cortometrajes dos años, y las producciones de animación contarán con cinco años en el caso de largometrajes y tres en el de cortometrajes.

En todos los casos se contempla una única prórroga de un año en situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, siempre que el Ministerio certifique avances significativos en la ejecución del proyecto.

El decreto también establece que el presupuesto aprobado definirá el monto máximo de inversiones o donaciones que podrá recibir cada producción bajo el esquema de deducción tributaria, de conformidad con los topes o cupos anuales definidos por el Ministerio de las Culturas.

Entre los requisitos exigidos a los realizadores figura acreditar el cumplimiento de las condiciones previstas en la Ley 397 de 1997 y entregar una copia completa del proyecto a la Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos.

Lea también: Así fue el choque entre las MinCultura por nombramientos en la cartera: '¿Cuándo fue ese concurso?'

En sus considerandos, el Gobierno sustenta la decisión en el mandato constitucional que establece que el Estado tiene el deber de promover el acceso a la cultura en igualdad de oportunidades, y en el reconocimiento de la cinematografía nacional como instrumento para fortalecer la identidad del país.

La norma recuerda que la Ley 397 de 1997 señala que “la cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad” y destaca el cine como generador de memoria colectiva.

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Bloque de preguntas y respuestas:

¿Qué cambia el Decreto 0876 de 2026 para el cine colombiano?
El Decreto 0876 de 2026 modifica el procedimiento para que los proyectos cinematográficos nacionales accedan a inversiones o donaciones con beneficio tributario. El principal cambio es que los trámites de aprobación se harán a través de una plataforma digital y se fijan plazos máximos de ejecución para cada tipo de producción.
¿Cuándo entra en vigor el nuevo decreto sobre cine y beneficios tributarios?
El decreto entrará en vigencia un año después de su publicación en el Diario Oficial, es decir, en julio de 2027. Durante ese período, el Ministerio de las Culturas deberá implementar la plataforma digital y reglamentar los mecanismos tecnológicos necesarios para el nuevo sistema.
¿Qué plazos tienen los proyectos cinematográficos colombianos para ejecutarse según el nuevo decreto?
Los largometrajes y documentales tendrán cuatro años para culminar su desarrollo, los cortometrajes dos años, y las producciones de animación contarán con cinco años para largometrajes y tres para cortometrajes. En casos excepcionales de fuerza mayor se podrá solicitar una única prórroga de un año.

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