El Ministerio de Salud expidió este miércoles 6 de mayo la Resolución 0814 de 2026, que reglamenta la prohibición de la experimentación, importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos o ingredientes que hayan sido testeados en animales.
“Esta medida cobija a todas las personas naturales o jurídicas involucradas en la cadena de suministro de cosméticos, incluidos los titulares e importadores paralelos de productos”, detallaron.
El Invima aseguró que esta medida cobija a todas las personas naturales o jurídicas involucradas en la cadena de suministro de cosméticos, incluidos los titulares e importadores paralelos de productos.
“El Invima verificará el cumplimiento de esta declaración en todas las etapas de control sanitario y actuaciones administrativas. La ausencia de este documento resultará en el requerimiento de información o el rechazo del trámite”, indicó el Invima a través de un comunicado.
La normativa también contempla casos específicos en los que se permite el uso de datos de pruebas animales, siempre que se sustenten técnicamente ante el Invima.
- ¿Qué prohíbe la nueva norma sobre cosméticos en Colombia?
- La Resolución 0814 de 2026 prohíbe la experimentación, importación, fabricación y comercialización de cosméticos o ingredientes que hayan sido testeados en animales en Colombia.
- ¿Qué es la “Declaración de Conformidad” exigida por el Invima?
- Es un documento obligatorio que deben presentar fabricantes e importadores para certificar que sus productos y componentes no han sido probados en animales.
- ¿Qué pasa si una empresa no presenta la declaración ante el Invima?
- El Invima puede rechazar el trámite, solicitar información adicional o impedir la comercialización del producto en Colombia.