Llegó la hora para 2,2 millones de personas naturales en Colombia de cumplir con la obligación de declarar renta.
Los primeros vencimientos empiezan hoy para los ciudadanos cuyo último NIT o cédula corresponda a los dígitos 99 y 00, que se extenderán hasta el 19 de octubre (dígitos 01-02), según el calendario disponible en dian.gov.co.
Este año, las personas que hayan tenido en el 2015 ingresos brutos, iguales o superiores a 39.591.000 pesos deberán declararlos, sin que signifique pagar necesariamente el impuesto sobre la renta.
Esos ingresos, para efectos contables, representarían un ingreso 3.299.250 pesos mensuales, en el caso de empleados formales, cuyos ingresos hayan provenido en un 80 % de una relación laboral.
Estarán también obligadas las personas cuyo patrimonio bruto al 31 de diciembre del 2015 haya sido igual o superior a 127.256.000 pesos. En el patrimonio figuran propiedades, bienes raíces y vehículos.
Asimismo, si durante el año gravable 2015 realizó compras o consumos en efectivo, con tarjetas de crédito, tuvo préstamos por cualquier otro medio y adquirió bienes como casas, apartamentos, lotes, vehículos u otros activos, por más de 79.181.000 pesos, deberán atender esa obligación con el fisco nacional.
Igualmente, deben declarar renta los colombianos que hayan realizado o recibido consignaciones en sus cuentas bancarias, y hayan registrado depósitos e inversiones financieras durante el 2015 por más de 127.256.000 pesos.
“Las personas naturales distribuidos como empleados deben determinar su gravamen sobre el sistema ordinario y sobre el Impuesto Mínimo Alternativo (Imán) y pagar sobre aquel que arroje un mayor valor a pagar”, precisó al diario El País Carlos Rodríguez, vocero del Instituto Nacional de Contadores Públicos.
Si el empleado tuvo el año pasado ingresos brutos menores a 79.181.000 pesos y un patrimonio líquido inferior a 339.348.000 pesos, puede acogerse al Impuesto Mínimo Alternativo Simple (Imás).
Quienes están clasificados como trabajadores por cuenta propia, pueden liquidar por el Imás, siempre que la renta gravable alternativa durante 2015 resulte menos a 763.533.000
El director de la Dian, Santiago Rojas, recomendó tramitar con debida antelación certificados de ingresos y retenciones, extractos bancarios, aportes a cuentas AFC, fondos privados de pensiones, impuestos prediales, de vehículos y certificados de deudas.