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Remezón en la SIC: Cielo Rusinque sale del cargo y Diego Solano asume como nuevo superintendente

La salida de Rusinque se da luego de un fallo del Consejo de Estado que determinó que no cumplía con los requisitos legales al momento de su designación. La funcionaria presentó su renuncia el mismo día en que se anuló su nombramiento.

  • Cielo Rusinque reaccionó con dureza al fallo que anuló su nombramiento como Superintendente de Industria y Comercio y cuestionó de fondo la argumentación jurídica del alto tribunal. FOTO: Colprensa
    Cielo Rusinque reaccionó con dureza al fallo que anuló su nombramiento como Superintendente de Industria y Comercio y cuestionó de fondo la argumentación jurídica del alto tribunal. FOTO: Colprensa
hace 4 horas
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El presidente Gustavo Petro aceptó la renuncia de Cielo Rusinque como superintendente de Industria y Comercio, tras un fallo que concluyó que no cumplía con los requisitos legales al momento de su nombramiento.

La renuncia de Rusinque se produjo el mismo día en que el Consejo de Estado dejó sin efecto su designación.

En contexto: Los requisitos que Rusinque no cumplió y por los que el Consejo de Estado la “tumbó” de la SIC

¿Quién reemplazará a Rusinque en la Superintendencia de Industria y Comercio?

Para ocupar el cargo de manera provisional, el Gobierno, a través del Ministerio de Comercio, nombró como superintendente encargado a Diego Solano, quien se desempeñaba como jefe de asesores y es considerado una de las personas más cercanas a Rusinque dentro de la entidad.

Solano es abogado, especialista en derecho comercial y cuenta con una maestría en Derecho. Se vinculó a la entidad en febrero de 2024, junto con Rusinque, y antes trabajó en Valbuena Abogados, firma del exsuperintendente de Industria y Comercio, Gustavo Valbuena.

También se desempeñó como contratista de la SIC durante cinco años y ha ejercido como docente universitario.

Puede leer: Ni el decreto que flexibilizó requisitos salvó a Rusinque de la nulidad: ¿ahora puede ser nombrada otra vez?

Las razones del Consejo de Estado para anular nombramiento de Rusinque

El pasado 19 de marzo se conoció que la Sección Quinta del alto tribunal determinó que la designación de Rusinque, efectuada mediante el Decreto 0098 de 2024, desconoció los estándares de idoneidad técnica que Colombia adoptó siguiendo recomendaciones internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde).

La sentencia, con ponencia del magistrado Luis Alberto Álvarez Parra, subrayó que el cargo requiere un nivel de formación superior y experiencia profesional relacionada que Rusinque no acreditó durante el proceso.

Aunque el Gobierno sostuvo la legalidad del nombramiento, la Sala concluyó que se incumplieron las normas que exigen un perfil técnico sólido para dirigir una entidad clave en la defensa de la competencia y los derechos del consumidor.

En cuanto a la experiencia, la Sala estableció que Rusinque no alcanzó el mínimo de 10 años exigidos. Tras revisar su trayectoria, solo se le reconocieron 8 años, 6 meses y 25 días, al excluir cargos que no estaban directamente relacionados o carecían de suficiente soporte en las certificaciones.

Ni el decreto que flexibilizó requisitos salvó a Rusinque de la nulidad

El nombramiento de Solano ha generado sorpresa incluso dentro de la entidad, donde se esperaba que Rusinque fuera nuevamente designada tras el ajuste de requisitos impulsado por el Gobierno, que le permitiría cumplir con las condiciones del cargo.

Vea aquí: Cielo Rusinque cuestiona fallo del Consejo de Estado que anuló su nombramiento en la SIC

Y es que 15 días antes de la decisión del Consejo de Estado, el Gobierno Nacional expidió un decreto que modificó varios de los criterios en los requisitos de nombramientos. Por esa razón, analistas pronosticaban que la volverían a nombrar en el mismo cargo y bajo la normativa del nuevo decreto.

La nueva norma eliminó requisitos específicos vigentes desde 2015, como la obligatoriedad de contar con maestría o doctorado en áreas afines y acreditar al menos 10 años de experiencia profesional relacionada, condiciones que, días después, fueron determinantes para la salida de Rusinque.

En su lugar, el decreto adoptó criterios más generales aplicables a cargos directivos del sector público, permitiendo mayor flexibilidad en la combinación de formación académica y experiencia.

Además, transformó el proceso de selección: la invitación pública pasó de ser obligatoria a facultativa, lo que permite al presidente decidir si la realiza. Lo mismo ocurre con la consulta a organizaciones ciudadanas y la realización de entrevistas.

Según el Gobierno, el objetivo es armonizar estos cargos con su naturaleza de libre nombramiento y remoción, ampliando la discrecionalidad del mandatario.

Fallo del Consejo de Estado no aplicó nueva normativa

Pese a esta flexibilización, el nuevo decreto no tuvo efectos sobre el caso de Rusinque. La razón es que la sentencia del Consejo de Estado evaluó la legalidad del nombramiento con base en las reglas vigentes en 2024.

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Es decir, el tribunal concluyó que, al momento de su designación, Rusinque no cumplía con los requisitos exigidos, lo que invalida el acto administrativo independientemente de cambios posteriores en la normativa.

Rusinque cuestionó decisión y defendió su perfil

Tras conocerse el fallo, Rusinque reaccionó con dureza y cuestionó de fondo la argumentación jurídica del alto tribunal. En un mensaje publicado en X, aseguró que la sentencia “desborda el análisis normativo y probatorio” y le otorga “apariencia jurídica a una decisión que resulta muy cuestionable”.

Uno de los puntos centrales de su crítica es la descalificación de su formación académica. Rusinque calificó como “conceptualmente insostenible que su maestría en Ciencias Políticas y Sociales, cursada en París, no tenga relación con las funciones del cargo”.

Asimismo, cuestionó que se ignorara la certificación del Ministerio de Educación sobre el programa y la validación académica emitida por la Universidad París II Panthéon-Assas, institución que destacó por su prestigio internacional.

En cuanto a su trayectoria profesional, criticó que el Consejo de Estado aplicara un estándar probatorio “abiertamente restrictivo” al evaluar su experiencia como docente investigadora en Derecho Público y constitucional.

Según Rusinque, la decisión dejó por fuera, sin justificación, una trayectoria “amplia, cualificada y pertinente”. Incluso afirmó que, aunque se le reconocieron 8 años y 6 meses de experiencia profesional, se desconocieron más de cuatro años adicionales que habrían sido suficientes para cumplir los requisitos exigidos.

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