Buscando que los establecimientos de crédito den nuevas condiciones para la redefinición de obligaciones de los deudores afectados económicamente por el virus, la Superintendencia Financiera creó el Programa de Acompañamiento a Deudores (PAD).
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Según explicó la autoridad, con esta nuevo programa, se busca que cada entidad defina las condiciones de los créditos a los que les aplique el PAD, estableciendo como mínimo que las nuevas condiciones incluyan la reducción de la cuota, que no se aumente la tasa de interés inicialmente pautada y que puedan aplicarse nuevos periodos de gracia.
“Podrán ser sujetos de aplicación del PAD los deudores que, de acuerdo con el análisis realizado por la entidad en función de la afectación total o parcial de los ingresos o de su capacidad de pago, tengan una expectativa de recuperación razonable y cumplan con las condiciones establecidas por cada establecimiento de crédito en el marco del Programa”, explicó la Superfinanciera.
Los bancos están en obligación de contactar a los clientes con el fin de que le muestren las nuevas condiciones del crédito, para que este pueda decidir si acepta o rechaza esta alternativa.
A disposición de cada entidad queda determinar si el programa puede aplicar a deudores que estén reportados negativamente en centrales de riesgo o a aquellos que tengan una mora de más de 60 días.