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La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia informó este miércoles que declaró impróspera la solicitud de control de medida de aseguramiento presentada por el defensor del gobernador Aníbal Gaviria Correa, lo que quiere decir que el mandatario suspendido seguirá por ahora en detención domiciliaria.
“La Sala consideró que la defensa no logró demostrar la violación de garantía alguna, ni evidenció la configuración de ningún error en la valoración de las pruebas realizadas por el Fiscal primero delegado ante la Corte al definir la situación jurídica de Gaviria Correa”, informó el tribunal en un comunicado de prensa.
La Fiscalía General señala a Gaviria de haber incurrido en posibles delitos de contratación sin cumplimiento de requisitos legales en concurso homogéneo y heterogéneo con peculado por apropiación a favor de terceros, en ocasión del contrato para el mejoramiento y la pavimentación de la bautizada Troncal de la Paz, tramo la Cruzada (Remedios)-Caucasia, vía que conecta a las subregiones del Nordeste y el Bajo Cauca antioqueño.
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Independiente de esta decisión, desde el pasado 5 de junio corre un término de hasta 60 días (varía según material probatorio) para que la Fiscalía acopie pruebas que le permitan hacer una calificación de la etapa sumarial, que puede ser de dos vías: 1) Acusación formal a Gaviria, ante la Corte (seguirá el juicio); 2) Desistir de la acusación y archivar el expediente.
Consideraciones de la Sala
A lo largo de 104 páginas, el magistrado ponente Ariel Augusto Torres Rojas expuso las razones para no avalar las pretensiones de la defensa. Dijo que la resolución de la situación jurídica del gobernador contó con el debido fundamento fáctico y jurídico al decidir imponerle la medida de aseguramiento de detención preventiva.
“La privación efectiva de su libertad se ofrece manifiestamente necesaria mientras termina el proceso en procura de precaver la comisión de otros delitos”, afirmó.
La Sala encontró válidos los fundamentos expuestos por el ente acusador para imponer la medida, “debiendo resaltar que es una medida proporcional, idónea y necesaria en el cometido propuesto de proteger a la comunidad e impedir al tiempo la interferencia en los medios de prueba”.
Estimó la Corte acertado el análisis probatoria de la Fiscalía respecto a la necesidad de aplicar la privación de la libertad porque, afirmó, se reúnen los presupuestos legales y constitucionales para el efecto.
“Sopesadas las circunstancias que rodearon la supuesta realización del concurso de delitos atribuido al gobernador Gaviria Correa, encuentra la Sala acreditada la necesidad de imponerle la medida de aseguramiento que el defensor censura, como instrumento idóneo para proteger a la comunidad de la posible continuación de la actividad delictiva por parte del sindicado”, finalizó.
Cuatro puntos del litigio
La Fiscalía señaló que se pactó inicialmente un anticipo de 25 % y luego se amplió a 29 %, lo que significó casi $1.500 millones de más para el contratista. “Esta modificación desconoció requisitos legales esenciales, como los principios de planeación y transparencia”, indicó.
Al respecto, Gaviria respondió “que en el contrato se pacte pagar un anticipo superior en un 4 % a lo dicho en los pliegos no es delito, ni es irregular, pues en el documento se pueden hacer modificaciones no sustanciales a lo dicho en los pliegos”.
El segundo reproche de la Fiscalía es por el anticipo que, indicó, fue pagado sin la aprobación de una garantía contractual que aseguraría la destinación correcta de los dineros. “Esta omisión generó que el contratista invirtiera más de $10.000 millones en maquinaria y equipos”.
¿Qué respondió Gaviria? Sobre la garantía dijo: “el contrato siempre tuvo las pólizas de ley y estas fueron aprobadas como consta en el acta de inicio. El contratista cumplió el contrato y la Gobernación no acudió a la ejecución de pólizas. Además, el Gobernador de Antioquia no tiene dentro de sus funciones aprobar pólizas”.
Sobre la compra de la maquinaria, añadió: “es cotidiano que los contratistas compren maquinaria con el anticipo para ejecutar la obra. En esto no hay ninguna irregularidad y menos de carácter penal. El contratista amortizó 100% del anticipo según lo previsto en el contrato y en la ley. Además, la supervisión de la buena ejecución del anticipo la realizó la interventoría y en este tipo de actuaciones los gobernadores no participan”.
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Tercer y cuarto punto, la adición y un otrosí
El 8 de noviembre de 2007 se firmó una adición al contrato para ampliar el objeto y pavimentar 1,6 kilómetros correspondientes a los sectores Zaragoza-Escarralao y Caucasia-Nuevo Oriente. El costo de la adición fue de $3.995 millones.
Asimismo, el 27 de diciembre de 2007 se pactó un otrosí por $16.334 millones para el diseño y la construcción del puente sobre el río Nechí, en el sitio Palizadas, para conectar la cabecera de El Bagre con la Troncal de la Paz. El plazo se prorrogó en 22 meses.
¿Qué dice la Fiscalía? Afirmó que las dos adiciones “no habrían atendido los principios esenciales de la contratación pública”. Sobre el otrosí, dijo: “se realizó cuatro días antes de finalizar el periodo del gobernador (...) Este último asunto debía ser objeto de un nuevo proceso de selección y no podía hacer parte del contrato original”.
¿Qué respondió Gaviria? “La ley señala que los contratos se pueden adicionar hasta en un 50 %; las adiciones realizadas no superaron este porcentaje. Con las dos adiciones se logró conectar los municipios de Zaragoza y El Bagre con la Troncal de la Paz. Estas dos adiciones que, repito, considero ajustadas a la ley, pertinentes y necesarias, tampoco las firmé, pues por competencia es una función que cumple la Secretaría de Infraestructura Física”.
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Reacciones
Rubén Darío Callejas, presidente de la Asamblea, lamentó la decisión judicial “por él, por su familia, y por todos los antioqueños que ayudamos a elegirlo como Gobernador”. Añadió que de la misma manera, es respetuoso de la institucionalidad y de las decisiones judiciales. “Seguimos haciendo votos para que el doctor Aníbal siga en su defensa férrea para lograr su libertad. Confiamos en que quienes hoy están al mando de la Gobernación lo sigan haciendo con el más alto nivel y respetando la confianza del doctor Aníbal. Esperamos entonces que el Gobierno Nacional tome la decisión, en cabeza del Presidente, para designar a un gobernador mientras el proceso avanza en la Fiscalía”, declaró.
Verónica Arango, diputada del Centro Democrático, señaló: “lamentable noticia, esperemos que el tiempo y la justicia colombiana le den la oportunidad a Aníbal Gaviria para demostrar su inocencia”.
El representante a la Cámara por Antioquia, Jorge Gómez Gallego, dijo que es un duro trance familiar “que no nos alegra”, y añadió que “decisión de la Corte Suprema evidencia que debe dar paso al costado y permitir a Antioquia nueva elección que dé legitimidad”.
Al no evidenciar errores en la medida y declarar impróspero su control, @CorteSupremaJ mantiene detención preventiva dictada por @FiscaliaCol contra @GobAntioquia @AnibalGaviria, por contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros. pic.twitter.com/sxmvQgFl5q
— Corte Suprema de Justicia (@CorteSupremaJ) July 16, 2020