La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó este lunes la demanda del defensor de Antonio Nel Zuñiga Caballero, condenado por los delitos de invasión de tierras de especial importancia ecológica, concierto para delinquir y desplazamiento forzado, quien buscaba que estos dos últimos delitos fueran tumbados de su condena.
Zuñiga Caballero fue juzgado el 30 de mayo del año pasado, debido a que dos representantes de los consejos humanitarios de las cuencas de los ríos Curvaradó y Jigumiandó denunciaron que miembros de la Brigada XVII del Ejército Nacional junto con paramilitares de Córdoba y Urabá activaron la ‘Operación Génesis’ que detonó en actos de violencia, y generó desplazamiento forzado.
Posterior a ello, en el año 2000 empresas palmicultoras, entre ellas Urapalma S.A y Palmas S.A conocida como Palmura, llegaron a la zona a implementar un “agresivo proyecto agroindustrial de cultivo de palma de aceite de palma y ganadería extensiva, sin embargo, lo que no sabían los habitantes de la zona era que tras estas empresas estaban jefes paramilitares de la región, específicamente miembros de la ‘Casa Castaño’.
Según el fallo, los empresarios se valieron de créditos bancarios e incentivos estatales destinados al fomento de la agricultura y, uno de los socios de las empresas respondía a Zuñiga Caballero quien había llegado a la zona desde el año 1999.
“Para la expansión del macroproyecto, los grupos paramilitares se valieron de comisionistas a través de los cuáles contactaron a los colonos, poseedores legítimos de las tierras ubicadas en las zonas colectivas o de reserva forestal, la mayoría de los cuales fueron objetos de coacción para enajenar sus fondos o para que abandonarán el territorio, de modo que las empresas pudieran disponer de los predios”, dice el fallo.
Indica el documento que por medio de acciones ilegales, como documentación falsa, pretendieron obtener la legalización de las tierras ocupadas.
Luego de que fuesen analizados los documentos, la corporación inadmitió la demanda de casación, “toda vez que no cumple las exigencias de orden material para demostrar un error trascendente en la sentencia a cumplir cualquiera de los fines de casación”.
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