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La Corte Constitucional tumbó el Decreto Legislativo 558, relacionado con medidas para disminuir temporalmente la cotización al Sistema General de Seguridad Social, y proteger a los pensionados bajo la modalidad de retiro programado.
La ponencia derrotada fue la del magistrado Luís Guillermo Guerrero y la asumió nuevamente el magistrado Antonio José Lizarazo, quien emitirá el fallo con las apreciaciones de la Sala Plena llevada a cabo este jueves.
De acuerdo con el presidente de la Corte, magistrado Alberto Rojas Ríos, la primera parte del decreto fue declarada inexequible con una votación de seis a favor y tres en contra, en ese caso salvaron voto los magistrados Carlos Bernal, Luis Guillermo Guerrero y Alejandro Linares.
“La segunda parte del Decreto Legislativo que comprenden los nueve artículos finales fue declarada inexequible con votación de siete a favor y dos en contra. En este caso, salvaron voto los magistrados, Luís Guillermo Guerrero y Alejandro Linares”, expuso el magistrado.
Cabe recordar, que el Gobierno Nacional argumentó que con este decreto buscaba asegurar que las personas con menores recursos recibieran un salario mínimo. Además, el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, dijo que con esta decisión buscaban el financiamiento de Colpensiones, pues el faltante de caja que experimentaría la entidad se compensaría con los recursos que recibiría a futuro.
“Este es un crédito que toma el Gobierno, que en última instancia es el que va a responder por el dinero”, dijo el Ministro en abril cuando se publicó el Decreto 558 de 2020.
Según Rojas Ríos, “la sentencia tiene efectos retroactivos. Es decir todo vuelve al estado en que se encontraba antes de la expedición del Decreto Legislativo”.