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Reglamentan las fotomultas: ¿dónde puede haber cámaras?

  • Las fotomultas tendrán que ser instaladas en sitios donde el Ministerio lo permita. FOTO ARCHIVO
    Las fotomultas tendrán que ser instaladas en sitios donde el Ministerio lo permita. FOTO ARCHIVO
24 de marzo de 2018
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Las fotomultas ya no podrán ser instaladas a dedo y por gusto de las administraciones locales, sino en sitios exclusivos donde el Ministerio de Transporte haya dado su aval técnico.

Así está estipulado en la resolución que fue conocida este sábado por el Gobierno Nacional, donde se pactan las nuevas normas con las que se podrá hacer uso de esta tecnología.

El documento precisa que las alcaldías deberán sustentar en un informe porqué es necesario utilizar las fotomultas en determinados sitios. Además, detalla que en caso de ser aprobado el uso de esta tecnología, no podrá ser instalada en viviendas, colinas, vehículos en movimiento o personas ocultas en las vías.

Lea también: ¿Por qué hay fotomultas por pico y placa a vehículos eléctricos en Medellín?

Los criterios para dar el aval de instalación de fotomultas, según la resolución, son: siniestralidad (hechos donde haya un daño material o humano) y prevención, que se sustenta en la protección de actores viales en zonas de riesgo, como senderos peatonales, bicirrutas, sectores escolares y pasos de personas con movilidad reducida.

De igual manera, el Gobierno señala que la presencia de fotomultas debe contener avisos 500 metros antes, en los cuales se indique que en ese lugar hay una detección electrónica. La señalización debe ser lo suficientemente grande para que los conductores puedan visualizarlos.

Asimismo, las administraciones municipales, a quienes se les permita instalar estos equipos, tendrán que hacer revisiones periódicas para garantizar su perfecto funcionamiento.

La resolución está firmada por el ministro de Transporte, Germán Cardona, y fue expedida el pasado jueves.

(Aquí puede descargar la resolución del Ministerio de Transporte)

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