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Partido Conservador pide objetar puntos de la Ley Estatutaria de la JEP

  • Omar Yepez, nuevo presidente del Partido Conservador. FOTO Colprensa.
    Omar Yepez, nuevo presidente del Partido Conservador. FOTO Colprensa.
07 de marzo de 2019
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Por considerar que “La Ley Estatutaria de la JEP podría no ofrecer las garantías necesarias de acceso a la verdad y la justicia”, el partido Conservador pidió al presidente Iván Duque objetar algunos de sus puntos.

En una carta firmada por Omar Yepez, nuevo presidente del Directorio Nacional Conservador, así como por otros 33 miembros del partido, se señala que el artículo 19 del proyecto de ley genera un “riesgo de impunidad para los crímenes de lesa humanidad y de guerra, cometidos de manera sistemática”, puesto que podrán ser atribuidos a los máximos responsables.

Para el partido, “todas las víctimas sufren a su modo el mismo dolor y sienten la misma pena, así su victimario haya sido un combatiente raso o un mando medio que actuaron de forma aislada, o un alto mando responsable que ordenó su ejecución dentro de un marco sistemático”.

Explica la comunicación que todas las víctimas deben tener derecho a que su caso sea atendido, así “su victimario no sea tan importante para la JEP”.

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El conservatismo también llamó la atención sobre el problema que supone la operación simultánea de la JEP y la jurisdicción ordinaria, dado que la jurisdicción transicional asumiría privativamente varias investigaciones que la justicia ordinaria ya venía adelantando.

Para los firmantes, es lógico que la jurisdicción ordinaria pueda continuar con sus indagaciones, pero estaría sujeta a limitaciones para ordenar interrigotarios, entrevistas y audiencias de control, como lo señala el Artículo 79 del proyecto.

“¿Cómo podríamos afirmar que la Ley Estatutaria le permitirá a la Fiscalía General de la Nación adelantar investigaciones reales y no meros supuestos hipotéticos de investigación, si le impedimos ordenar la citación personal a la práctica de diligencias?”, cuestiona la carta.

La comunicación se refiere además al juzgamiento del narcotráfico como delito de ejecución permanente, en especial cuando se ha cometido posteriormente a la firma del Acuerdo de Paz.

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Fue el Congreso el que estableció que para los delitos de ejecución permanente que se cometieron antes del 1 de diciembre de 2016, la competente para conocerlos es la JEP y para los cometidos con posterioridad, es la jurisdicción ordinaria.

Pero, insistió el partido, “es imposible establecer si en todo o en parte, (el delito) se cometió antes o después del 1 de diciembre de 2016, ya que estos crímenes se consuman de manera constante, iniciando con los actos de ejecución y perdurando hasta que se extingan sus efectos”.

La Ley Estatutaria de la JEP continúa sobre el escritorio del presidente Iván Duque desde el 8 de febrero, a la espera de ser sancionada u objetada. Aunque las leyes colombianas otorgan al Ejecutivo un plazo de 20 días para revisar normas extensas, persiste el debate público sobre la aplicación de dicho plazo a proyectos tramitados por fast track.

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