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Con tutela pretenden suspender el fallo del plebiscito por la paz

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21 de julio de 2016
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Una tutela presentada por el abogado Tomas Oñate busca suspender el fallo de la Corte Constitucional sobre el plebiscito por la paz, esto mientras que el Consejo de Estado resuelve una demanda que se presentó contra las resoluciones que autorizaron la mesa de negociación de paz.

(Vea: Todo lo que debe saber sobre el plebiscito por la paz)

La acción judicial fue admitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y fue entregada para su fallo al magistrado Cerveleón Padilla, quien no concedió la suspensión pero sí ordenó una serie de pruebas para que el presidente de la República, Juan Manuel Santos, enviara copia de los antecedentes y actos administrativos relacionados con el proceso de paz.

Oñate además pide que se suspendan los efectos jurídicos de todos los actos administrativos que se han derivado del proceso de paz con la guerrilla pues, según él, “se determinó la entrega de territorios por parte del Gobierno para ser utilizado por este secretariado armado terrorista de las Farc”.

Para el abogado, con estos actos se vulnera el debido proceso cuando se siguen presentando fallos como el de la Corte o decisiones por el proceso de paz mientras sigue en estudio la demanda que presentó en el Consejo de Estado.

Hasta el momento se ha podido establecer que el Tribunal rechazará la acción de tutela por improcedente.

Demanda al umbral

La demanda fue presentada también por Oñate quien considera que la reducción del umbral del 50 al 13 % “trasgredió el ordenamiento constitucional y legal”.

Oñate cuestiona el fallo emitido por la Corte y considera que sus detalles “muestran el desespero encadenado por el afán del gobierno de tramitar y dar vía libre a las propuestas que los grupos armados han establecido y así mismo lograr complacer a un grupo cuyas propuestas han estado encaminadas a favorecer intereses políticos ocultos así implique acomodar umbrales”, señaló.

La demanda le pide a la Corte, a pesar que ya se pronunció al respecto, tumbar el umbral por estimar que se habría violado la jurisprudencia de la misma Corte y porque con esto “estarían dadas las condiciones para un posterior resultado positivo del mismo, gracias a una eventual maquinaria política y a una inexistente pedagogía ad portas de la aprobación de la figura del plebiscito”.

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