Concluyó la vigencia del Decreto legislativo 546 del 15 de abril de 2020, que buscaba disminuir el hacinamiento carcelario como una medida para prevenir la propagación del coronavirus, sin embargo, el tan aclamado decreto solo ha permitido la salida de 886 reclusos para prisión domiciliaria transitoria, muy lejos de los 4.000 esperados inicialmente.
De acuerdo con las cifras entregadas a EL COLOMBIANO por el Inpec, 4.740 solicitudes llegaron a los jueces para que se hiciera efectivo el beneficio otorgado a quienes cumplieran los requisitos mínimos: haber pagado el 40 % de la pena; condenados o imputados por delitos menores a 5 años o por delitos culposos; madres gestantes; personas en situación de discapacidad o con enfermedades catastróficas y mayores de 60 años que no hayan cometido alguno de los delitos de la larga lista de excepciones.
De esas peticiones fueron negadas 1.798 porque a criterio de los jueces no cumplieron las condiciones. Según la magistrada Diana Remolina, presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, las solicitudes no llegaban completas o no cumplían los requisitos.
Siguen en trámite otros 2.237 requerimientos que se resolverán en los próximos días. Así las cosas, quedarán faltando muchos beneficios para alcanzar la meta mínima de 4.000 presos fuera de las cárceles gracias a este decreto.
Pamela Forero, especialista en derecho penal, aseguró que “el decreto tiene muchísimas excepciones que son más estrictas que la ley penal vigente en algunas ocasiones”, y agregó que tampoco se tuvo en cuenta que para aplicar el beneficio se requiere personal que revise las hojas de vida de cada interno para verificar que cumplen con las condiciones.
“Esta tarea le fue encargada a las oficinas jurídicas de cada establecimiento penitenciario y lo cierto es que en algunos de ellos, como por ejemplo La Picota, solo cuentan con una persona para los más de 9.000 internos resultando en una carga laboral desmedida”.