El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) anunció que a partir de la fecha, y por la emergencia nacional que hay ante la presencia del Covid-19 (coronavirus), el tapabocas ha sido declarado, de manera temporal, como un dispositivo médico vital no disponible.
Esto quiere decir que la fabricación e importación de este elemento no requerirá de un registro sanitario. La decisión se toma para evitar un posible desabastecimiento de los tapabocas en el país.
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Ante esta decisión, el Invima recomienda que para la importación, fabricación y comercialización de los tapabocas convencionales, las autoridades sanitarias soliciten allegar el certificado de venta libre vigente, el certificado de análisis de producto y el certificado vigente de capacidad de almacenamiento o acondicionamiento para dispositivos médicos.
Lo anterior en caso de productos importados. Ya para las fabricaciones nacionales, se deberá cumplir con los conceptos de las condiciones técnico sanitarias para la fabricación de tapabocas, expedidos por el Invima.
Sobre los tapabocas con filtro N95, de uso industrial, el Invima determinó que podrán ser utilizados en entornos hospitalarios, “siempre y cuando cuenten con certificación en el cumplimiento del estándar NIOSH”.
Por último, las autoridades sanitarias recordaron algunos de los errores más frecuentes al momento de utilizar el tapabocas: cubrir solamente la boca, removerlo para hablar con otras personas, ubicarlo en la barbilla, cuello o cabeza, y utilizarlo de manera intermitente.