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La reelección de Ramón Jesurún, en jaque: análisis jurídico pone en duda su continuidad

La reelección de Ramón Jesurún como presidente de la Federación Colombiana de Fútbol sigue generando controversia por una interpretación jurídica que pone en duda la legalidad de su continuidad en el cargo.

  • Ramón Jesurún, presidente de la Federación Colombiana de Fútbol. FOTO COLPRENSA
    Ramón Jesurún, presidente de la Federación Colombiana de Fútbol. FOTO COLPRENSA
hace 2 horas
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La continuidad de Ramón Jesurún al frente de la Federación Colombiana de Fútbol sigue generando un intenso debate jurídico. Luego de su reelección como presidente del organismo, diferentes sectores han cuestionado si su permanencia se ajusta a la normatividad vigente, mientras algunos clubes ya presentaron recursos para pedir la revocatoria parcial del acto administrativo que oficializó su elección.

Abogados consultados sostienen que la reelección de Jesurún podría contravenir el Decreto 1228 de 1995, norma que regula el funcionamiento de los organismos deportivos en Colombia.

El debate gira alrededor del Decreto 1228 de 1995

Según la interpretación expuesta por los especialistas en derecho deportivo, el artículo 21 del Decreto 1228 establece que un presidente puede ser elegido para un período de cuatro años y reelegido únicamente en dos ocasiones.

La discusión radica en la forma como el Ministerio del Deporte ha interpretado esa disposición durante los últimos años. De acuerdo con ese criterio, basta con haber ejercido el cargo durante cualquier parte de un cuatrienio para que ese período se considere completo, sin importar que no se hayan cumplido los cuatro años de manera íntegra.

Ese sería precisamente el caso de Ramón Jesurún.

La renuncia de Luis Bedoya, el origen de la controversia

El análisis recuerda que Luis Bedoya renunció a la presidencia de la Federación el 9 de noviembre de 2015 y que Jesurún asumió el cargo el 23 del mismo mes para completar el período 2014-2018.

Aunque ejerció aproximadamente tres años de ese mandato, la interpretación aplicada por el Ministerio del Deporte considera que ya agotó ese cuatrienio. Posteriormente fue elegido para los períodos 2018-2022 y 2022-2026.

Bajo esa lectura, el dirigente ya habría completado los tres períodos permitidos por la legislación, razón por la cual su nueva elección sería incompatible con la norma vigente.

Un antecedente similar

Los especialista aseguran que conocen de primera mano este tipo de situaciones. Incluso recuerdan un caso similar, en el que una elección fue aprobada inicialmente por una liga deportiva, pero posteriormente el Ministerio del Deporte negó el reconocimiento deportivo al considerar que incumplía las normas sobre reelección.

Por esa razón consideran que los recursos de reposición y, en subsidio, de apelación presentados por algunos clubes podrían prosperar.

“Se debe revocar parcialmente el acto administrativo en el sentido de no aceptar a Ramón Jesurún, toda vez que contraviene la normatividad ya expresada”, explican.

La diferencia con los vicepresidentes de la Federación

El análisis también aborda la situación de los vicepresidentes Carlos Mario Zuluaga y Álvaro González Alzate, quienes, según explica, se encuentran en un escenario jurídico distinto.

El Estatuto de la Federación Colombiana de Fútbol establece que los presidentes de la Dimayor y de la Difútbol hacen parte, por derecho propio, del órgano de administración de la Federación.

Actualmente Zuluaga preside la Dimayor, mientras que González Alzate está al frente de la Difútbol, por lo que su presencia dentro del comité ejecutivo no depende del mismo requisito de permanencia que se discute para el presidente de la Federación.

De acuerdo con esta interpretación, mientras continúen siendo elegidos al frente de sus respectivas asociaciones, conservarán automáticamente su representación dentro del órgano directivo de la FCF.

La decisión queda ahora en manos de las autoridades

Con los recursos ya presentados por algunos clubes, el futuro jurídico de la reelección de Ramón Jesurún dependerá de las decisiones que adopten las autoridades competentes.

Por ahora, la controversia sigue abierta y será el análisis de la normatividad y de los antecedentes administrativos el que determine si el dirigente podrá continuar al frente de la Federación Colombiana de Fútbol o si deberá modificarse el acto que avaló su continuidad.

¿Por qué se cuestiona la reelección de Ramón Jesurún en la Federación Colombiana de Fútbol?
Porque una interpretación del Decreto 1228 de 1995 sostiene que ya habría completado los tres períodos permitidos, al contabilizarse como un cuatrienio completo el tiempo que ejerció la presidencia tras la renuncia de Luis Bedoya en 2015.
¿Qué recursos se presentaron contra la elección de Jesurún?
Algunos clubes interpusieron recursos de reposición y, en subsidio, de apelación, con el propósito de que se revoque parcialmente el acto administrativo que avaló su reelección como presidente de la Federación.
¿Por qué la situación de los vicepresidentes de la Federación es diferente a la de Jesurún?
Porque los presidentes de la Dimayor y la Difútbol hacen parte del órgano de administración de la Federación por disposición de los estatutos, por lo que su permanencia depende de seguir al frente de esas entidades y no del mismo límite de períodos que se debate para la presidencia de la FCF.

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