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Gobierno puede adoptar otras medidas para reglamentar el aborto

18 de marzo de 2013
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Tras emitir el fallo que anula el decreto que reglamentaba la interrupción voluntaria del embarazo, la magistrada María Claudia Rojas Lasso, explicó que dicha determinación no significa que el Gobierno no pueda adoptar las medidas para reglamentar los tres casos en los que la Corte Constitucional le dio vía libre al aborto en Colombia.
 
El Gobierno dispone de otras facultades para reglamentar el servicio, realmente es necesario reglamentar la prestación del servicio por el Plan Obligatorio de Salud (POS)”.
 
Agregó que “las mujeres que van a acceder a esta clase de servicios tienen que contar con toda las condiciones y garantías”.
 
El Consejo de Estado declaró la nulidad del Decreto 4444 de 2006, expedido por el Presidente de la República de Colombia, con el cual se reglamentó la prestación de algunos servicios de salud sexual y reproductiva.
 
Para la corporación judicial, al expedir dicha norma el Gobierno “trató de reglamentar la Sentencia C-355 del 2006 de la Corte Constitucional, que despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo en tres casos específicos, sin haber una ley de por medio”.

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