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Este es el Decreto 1017 que tiene divididas a las empresas de transporte de carga y a los camioneros, ¿qué dice?

Se trata del Decreto 1017 que trae mayores obligaciones para las compañías, mientras que los camioneros lo leen como una conquista a raíz de las protestas. Aquí los detalles.

  • MinsTransporte publicó el decreto 1017, que cambia las reglas de juego en el sector transportador. FOTO MANUEL SALDARRIAGA.
    MinsTransporte publicó el decreto 1017, que cambia las reglas de juego en el sector transportador. FOTO MANUEL SALDARRIAGA.
  • El decreto 1017 recoge las negociaciones del paro camionero que se hizo entre agosto y septiembre de 2024. FOTO MANUEL SALDARRIAGA
    El decreto 1017 recoge las negociaciones del paro camionero que se hizo entre agosto y septiembre de 2024. FOTO MANUEL SALDARRIAGA
hace 4 horas
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La reglas de juego para el transporte de Carga cambiaron raíz de un nuevo decreto del Ministerio de Transporte. La nuevas medidas dividieron al gremio. Las empresas argumentan un aumento de costos que golpearán su operación, mientras que los camioneros aseguran que las nuevas disposiciones son el fruto del paro del año pasado.

Se trata del Decreto 1017 de 2025, el cual modifica y adiciona artículos del Decreto 1079 de 2015, reglamento único del sector. La norma busca establecer condiciones equitativas para los vehículos livianos y pesados que prestan el servicio de carga a nivel nacional.

Hay cosas buenas y malas en el Decreto 1017

La Federación de Empresarios del Transporte de Carga (Fedetranscarga) considera que la medida genera efectos mixtos: ofrece oportunidades para los transportadores independientes, pero al mismo tiempo impone mayores cargas a las empresas legalmente habilitadas.

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Henry Cárdenas, miembro de la junta directiva y fundador de Fedetranscarga, lo resume así: “Siempre en todo decreto habrá cosas que sirven y otra que no. Para los camioneros este decreto es bueno. Para las empresas de transporte no es bueno”.

El líder gremial reconoció que uno de los aspectos positivos del decreto es que los transportadores podrán constituir su propia empresa de carga con un capital menor, algo que antes resultaba mucho más costoso. “Anteriormente no se podía porque les tocaba invertir más plata para poder estar legalmente habilitados”, señaló.

No obstante, advirtió que las exigencias regulatorias para las compañías de transporte se han vuelto cada vez más complejas y onerosas. “Veo muy complicado poder cumplir con todos los requerimientos que pide el Ministerio para poder operar. Son muchas las cosas que cada día le meten más a esa regularización. Hoy tenemos que cumplir con más de 160 puntos para estar al día”, explicó el dirigente.

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Cárdenas enfatizó que este escenario obliga a las empresas a contar con un equipo jurídico permanente para responder ante los múltiples requerimientos de entidades como el Ministerio de Transporte, la Superintendencia de Transporte y la Dian.

Establecimiento de un flete mínimo para los camioneros

Manfri Parra es director nacional de Camioneros de Colombia, un gremio que asegura agrupar a cerca de 3.000 transportadores carnetizados en el país. Para el líder gremial el decreto es una conquista de los camioneros: “Esto es el resultado de una movilización que se hizo el año pasado, son los acuerdos entre el Ministerio de Transporte y los transportadores. Aquí se recogen las solicitudes o las peticiones que hicieron”, dijo.

Para Parra uno de los cambios más relevantes para los camioneros obedece al establecimiento de un pago mínimo obligatorio para los transportadores, utilizando el SICE-TAC como la herramienta de referencia para calcular dicho pago.

En palabras sencillas, el SICE-TAC es una herramienta del gobierno que calcula el costo mínimo justo de cada viaje, teniendo en cuenta cosas como el tipo de camión, la ruta, el combustible, peajes, mantenimiento, etc.

El decreto 1017 recoge las negociaciones del paro camionero que se hizo entre agosto y septiembre de 2024. FOTO MANUEL SALDARRIAGA
El decreto 1017 recoge las negociaciones del paro camionero que se hizo entre agosto y septiembre de 2024. FOTO MANUEL SALDARRIAGA

El decreto estableció que el valor a pagar, acordado entre la empresa de transporte y el propietario del vehículo en ningún caso podrá ser inferior a los “costos eficientes de operación” establecidos por el sistema SICE-TAC.

Parra celebró la decisión porque esa tarifa mínima cubre todos los costos de manera justa para los camioneros. “Es bueno porque así ya no vamos a tener pérdidas”, mencionó.

La otra cara de la moneda son las empresas, Fedetranscarga argumenta que el costo de dicho flete es diferente para cada ruta, pero calcula que este ajuste podría significar hasta un 8% más para los costos de las compañías.

Los empresarios consideran que el Gobierno los obliga a asumir altos costos, impuestos y tarifas mínimas de fletes, pero no existen las condiciones básicas para poder cumplir con esas cargas.

Uno de los principales problemas señalados son los constantes bloqueos en las vías nacionales. Entre enero de 2023 y agosto de 2025 se han registrado 2.167 interrupciones, lo que genera pérdidas millonarias y afecta la movilidad de conductores y mercancías. Colfecar acusa al Ministerio del Interior de no controlar esta situación ni cumplir las promesas hechas a las comunidades que protestan.

A esto se suman los cierres viales ocasionados por obras provisionales sin soluciones estructurales, como ocurre en la vía al Llano, y una creciente ola de inseguridad contra los transportadores.

¿Cómo cambia la chatarrización con el decreto 1017?

Este es otro punto de división. La norma introduce cambios importantes en el régimen de reposición vehicular, conocido como “chatarrización”. La norma extiende la medida a un mayor rango de vehículos y actualiza las condiciones para todo el sector.

El ajuste más relevante es que, a partir de ahora, la obligación de chatarrizar no se limitará a camiones de más de 10,5 toneladas, como ocurría anteriormente. El decreto amplía el requisito al registro inicial de vehículos de servicio particular y público de carga con un peso bruto vehicular igual o superior a 3,5 toneladas.

Esto significa que la política de reposición cubrirá también a los camiones livianos, aquellos que se ubican entre 3.500 y 10.500 kilos. Hasta ahora, este segmento no estaba obligado a cumplir con esas condiciones.

Eso es visto con buenos ojos por los camioneros porque abre la puerto para que los pequeños camioneros aprovechen para modernizar sus vehículos.

Preocupación por el aumento de aportes al FOPAT

Sin embargo, la Federación Colombiana de Transportadores de Carga por Carretera (Colfecar) advirtió que habrá un aumento de la contribución al Fondo para la Promoción del Ascenso Tecnológico (FOPAT), que es una iniciativa del MinTransporte con el fin de costear esa modernización y el desarrollo tecnológico en el sector transporte.

La contribución se elevará del 15% al 25% del valor comercial de los vehículos de carga. Para Colfecar, esta medida encarece aún más la renovación de la flota, “en un país que ocupa el segundo lugar en Latinoamérica con el parque automotor más antiguo”, cuestionó el gremio.

Hay que decir que la nueva norma crea nuevas obligaciones para el empresariado como una retención del 0,1% del valor de los fletes y trasladar este recaudo de manera mensual a alguna entidad que disponga el gobierno dentro de los diez días hábiles del mes siguiente.

Lo cierto es que las empresas sí deberán cumplir con mayores requerimiento y cargas a las que estaban acostumbradas, mientras los camioneros siguen viendo con buenos ojos la atención de requerimiento que venían pidiendo desde hace varios años.

Lea también: Hay, por lo menos, 18 bloqueos en las vías de Colombia por el paro arrocero, ¿dónde están ubicados?

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