x

Pico y Placa Medellín

viernes

2 y 8 

2 y 8

Pico y Placa Medellín

jueves

5 y 9 

5 y 9

Pico y Placa Medellín

miercoles

4 y 6 

4 y 6

Pico y Placa Medellín

martes

0 y 3  

0 y 3

Pico y Placa Medellín

domingo

no

no

Pico y Placa Medellín

sabado

no

no

Pico y Placa Medellín

lunes

1 y 7  

1 y 7

La “menuda” que busca aprobarse en la tributaria

Más allá del núcleo de ajustes al Estatuto Tributario, hay “arandelas” introducidas que afectan o favorecen a personas y empresas.

  • Empresarios y Gobierno buscan acordar alternativas antes del debate en plenarias. FOTO ARCHIVO-MANUEL SALDARRIAGA.
    Empresarios y Gobierno buscan acordar alternativas antes del debate en plenarias. FOTO ARCHIVO-MANUEL SALDARRIAGA.
09 de diciembre de 2014
bookmark
$53

billones busca recaudar el Gobierno con esta reforma en los próximo cuatro años.

Hoy se esperan noticias de los eventuales acuerdos entre el Consejo Gremial Nacional y el Gobierno para introducir ajustes en la ponencia para último debate de la reforma tributaria que debatirán y votarán las plenarias de Cámara y Senado, que terminan periodo legislativo ordinario en una semana.

Entre tanto, al margen del núcleo de la reforma impulsada por el Ministro de Hacienda (nuevo Impuesto a la Riqueza, sobretasa del Cree y más 4 por 1.000), lo cierto es que a la propuesta original le han colgado otros ajustes y duplicó el articulado de la llamada Ley de Financiamiento hasta los 59 que ya tiene (ver recuadro).

El Colombiano obtuvo el texto definitivo aprobado en primer debate por las comisiones económicas del Congreso, vinculado a esta nota en www.elcolombiano.com, y encontró varios ‘articulitos’ que hacen parte de la “menuda” de esta reforma y se mete, para bien o para mal, con el bolsillo de contribuyentes de todo tipo:

TOCAN RENTA EN PERSONAS NATURALES

Al Impuesto Mínimo Alternativo Simple (Imás), creado en la reforma de hace dos años como otra forma de liquidar el impuesto de renta para empleados, le metieron mano en el techo de los ingresos brutos obtenidos en el año gravable.

De aprobarse el cambio, pasaría de 4.700 Unidades de Valor Tributario (UVT, para 2015 de 28.279 pesos) a solo 2.800 UVT. Eso quiere decir que el Imás solo se aplicaría en 2016 para quienes tuvieron ingresos el próximo año de máximo 6,59 millones de pesos (79,18 millones anuales).
Además, su patrimonio líquido (menos deudas) debe ser inferior a 12.000 UVT (339,34 millones en 2015). Quienes superen estos topes, deberán acudir al régimen ordinario o el Impuesto Mínimo Alternativo Nacional (Imán).

EXTRANJEROS SE EXPONEN A PAGAR MÁS

El nuevo Impuesto a la Riqueza incluye cobija a extranjeros que, como personas naturales sin residencia en el país, hayan obtenido su riqueza directa o indirectamente mediante establecimientos permanentes en el país.

Así que muchos que hasta ahora no han sido contribuyentes ni declarantes de renta, de pasar esta reforma están expuestos a ser gravados, explica Myriam Stella Gutiérrez, socia de la firma Kpmg.

De igual manera, la reforma incrementa la tarifa del Impuesto de Renta para extranjeros, personas naturales y jurídicas, así: en 2015 sería de 38 por ciento, 2016 (40), 2017 (41) y 2018 (43).

NO SOLO ES LA SOBRETASA AL IMPUESTO CREE

Todas las personas jurídicas del país que deben pagar el Cree (impuesto sobre las utilidades), tendrán que pagar una tarifa del 9 por ciento, cuando la reforma pasada consideró que ese monto solo se aplicaría para los años gravables 2013 a 2015, y de ahí en adelante sería solo del 8 por ciento.

Y las empresas que con ganancias superiores a 800 millones de pesos tendrán una sobretasa incremental hasta 2018, lo cierto es que deben hacer un esfuerzo de caja adicional: la reforma establece en su artículo 21 un “anticipo de 100 por ciento de la misma,” que se paga en dos cuotas anuales y calculado sobre la base gravable del Cree a partir de la que se liquidó el impuesto para el año anterior.

“Con ello se busca que los recursos provenientes de la sobretasa ingresen al Presupuesto General de la Nación durante el año 2015”, agrega la tributarista de Kpmg Colombia.

“PERDÓN” A LOS MUNICIPIOS MOROSOS

En el capítulo VII (“Otras disposiciones”) del articulado, llama la atención la “palomita” que les dan a los municipios del país que se encuentran en mora con la Dian como agentes retenedores de impuestos, tasas y contribuciones de orden nacional.

La reforma dispone condiciones especiales de pago y se reducen absolutamente los intereses causados a la fecha en que se haga efectivo el pago de contado, si se paga antes del 31 de octubre de 2015. Si se suscribe un acuerdo de pago, se reduce el 90 por ciento de la mora, para deudas anteriores a 2012, indica el artículo 52.

EL 4 POR MIL, “VIVITO” HASTA EL AÑO 2021

El Gravamen a los Movimientos Financieros , más conocido como 4 por 1.000, se quedará, por lo menos, siete años más. Esto, así moleste tanto a los bancos y demás entidades que deben recaudarlo para el Gobierno, así como a los tributaristas por considerarlo “antitécnico”, al estimular las transacciones en efectivo, lo que dificulta el control a la evasión.

La reforma no solo lo prorroga la tarifa actual de este impuesto, sino que solo comenzará su desmonte gradual a partir de 2019 (3 por 1.000), 2020 (2 por 1.000) y 2021 (1 por 1.000).

Así que el artículo 872 del Estatuto Tributario solo se derogaría el primero de enero de 2022, claro, por ahora, pues desde Asobancaria se ha advertido que “es el impuesto temporal más permanente de todos”, como sentencia la presidente saliente del gremio, María Mercedes Cuéllar.

Nuestros portales

Club intelecto

Club intelecto
Las más leídas

Te recomendamos

Utilidad para la vida