La póliza obligatoria que cubre riesgos derivados de la tenencia de caninos potencialmente peligrosos, exigida por el Código de Policía, aún no se encuentra reglamentada.
Según el gremio de aseguradoras, Fasecolda, hay confusión por parte de propietarios de estos animales en relación a la exigibilidad de ese seguro. “Al no haber sido reglamentada está póliza, por parte del Gobierno, no debería ser requerida”, comentó Jorge Humberto Botero, presidente de Fasecolda.
Pese a que el artículo 127 de la Ley 1801 de 2016 indicó que las condiciones del seguro debían ser reglamentadas por el Gobierno en un término de seis meses, el plazo transcurrió sin que dicha reglamentación se expidiera y coincidió con la entrada en vigencia de la norma.
En todo caso, reconoció Botero que en el mercado algunas compañías ofrecen seguros voluntarios para mascotas que tienen una cobertura de responsabilidad civil extracontractual (lesiones o muerte a terceras personas, daños a bienes de terceras personas), y en algunos casos cubren gastos veterinarios, daños propios, gastos de muerte de la mascota, entre otros.
No obstante, enfatizó en que este tipo de seguros no reemplaza, en principio, lo exigido por la ley, porque no se conoce aún reglamentación final del seguro obligatorio.