Por un lado, la entidad encontró que la empresa Yina Calderón SAS presuntamente no acató las órdenes impartidas el 10 de agosto de 2022 por la entidad, en las que le solicitaba suministrar a los consumidores información clara y precisa sobre los tiempos de entrega, sobre su política de cambios y sobre el derecho de retracto de los productos promocionados.}
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Mientras que en el caso del Grupo Cossio SAS, “se evidenció una posible publicidad engañosa, teniendo en cuenta que, Yeferson Cossio aparentemente realizó afirmaciones objetivas sobre los resultados que se podían obtener al realizar el curso ‘Método Cossio’”.
Este último, según se promocionó, buscaba enseñar a monetizar las redes sociales y su único soporte “era la experiencia del mismo influenciador, lo que según la SIC podría inducir a error a los consumidores respecto de los resultados que se lograrían al realizar ese curso de formación”.
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Frente a Lcompany S.A.S. y Cuatro 44 Inversiones S.A.S., la entidad halló que, al parecer, “las influenciadoras Luisa Castro y Mariam Obregón, no atendieron los requerimientos realizados por la SIC de allegar la publicidad emitida sobre los servicios de captación de dinero, que promocionaban a través de sus redes sociales”.
Si se comprueba la vulneración por parte de estas empresas, se podrán imponer multas cercanas a los $2.320 millones.