El alcalde Federico Gutiérrez denunció que en Medellín “no hay un solo juez” que se ocupe de decretar la extinción de dominio de aquellos bienes en los que se cometen delitos o que son producto de ellos.
Es paradójico que en enero de 2014, el gobierno expidió con bombos y platillos la ley 1708, llamada “Código de Extuinción de Dominio”, cuyo artícuilo 20 establece el principio de “celeridad y eficiencia”.
Y el artículo 215 encomienda al Consejo Superior de la Judicatura la creación de cinco de estos juzgados en Medellín. ¿Qué pasó con esta norma? ¿Se incumple, se desconoce?.
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