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El suspendido gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria Correa, está a la espera de que la Corte de Suprema de Justicia se pronuncie sobre el control de legalidad a la medida de aseguramiento domiciliaria que pesa en su contra desde hace 25 días.
A partir de este miércoles, el máximo tribunal tendrá hasta cinco días hábiles para confirmar o revocar la medida privativa de la libertad contra el mandatario. La resolución está en cabeza de Ariel Augusto Torres Rojas, magistrado de la Sala Especial de la Corte Suprema.
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Mediante escrito presentado por la Procuraduría General de la Nación a la Corte Suprema de Justicia, el órgano de control solicitó este martes la revocatoria de la medida de aseguramiento impuesta por la Fiscalía contra el gobernador.
La solicitud se soporta en que, en su criterio, la medida de detención es innecesaria y no cumple con las exigencias de carácter constitucional y legal y por ello pide que la solicitud presentada por la defensa del gobernador Gaviria, de que se revoque la medida de detención, sea acogida.
La Fiscalía General señala a Gaviria de haber incurrido en posibles delitos de contratación sin cumplimiento de requisitos legales en concurso homogéneo y heterogéneo con peculado por apropiación a favor de terceros, en ocasión del contrato para el mejoramiento y la pavimentación de la bautizada Troncal de la Paz, tramo la Cruzada (Remedios)-Caucasia, vía que conecta a las subregiones del Nordeste y el Bajo Cauca antioqueño.
Cabe recordar que el pasado 8 de junio, Gaviria contó que había radicado una solicitud de revisión contra la medida de aseguramiento para que sea la Corte Suprema “la que declare su nulidad”, según el artículo 392 de la Ley 600.
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Este artículo dice que las medidas de aseguramiento proferidas por el Fiscal General de la Nación o su delegado podrán ser revisadas por el juez de conocimiento (en este caso es la Corte), previa petición motivada del interesado.
Después del traslado a los sujetos procesales, el juez decidirá dentro de los cinco días siguientes (término que empieza a correr a partir de hoy). La decisión que tome no admite ningún recurso.
Independiente de la legalidad de la medida, desde el 5 de junio corre un término de hasta 60 días (varía según material probatorio) para que la Fiscalía acopie pruebas que le permitan hacer una calificación de la etapa sumarial, que puede ser de dos vías: 1) Acusación formal a Gaviria, ante la Corte (seguiría el juicio); 2) Desistir de la acusación y archivar el expediente.