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Corte Constitucional exige asegurar el servicio de alimentación en centros de detención transitoria

Según el alto tribunal, el plan de contingencia actual tiene graves falencias.

  • La alimentación de los presos en los centros transitorios está en riesgo por el eventual vencimiento de los contratos con proveedores. FOTO: ARCHIVO.
    La alimentación de los presos en los centros transitorios está en riesgo por el eventual vencimiento de los contratos con proveedores. FOTO: ARCHIVO.
20 de junio de 2025
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Para evitar una crisis humanitaria en los centros de detención transitoria para delincuentes en Colombia, la Corte Constitucional expidió un Auto exhortando a diferentes instituciones a tomar medidas urgentes para evitar el desabastecimiento de comida en esos lugares.

Vale la pena recordar que además de los centros transitorios, por causa del hacinamiento en las prisiones se están usando estaciones de policía y calabozos de fiscalía como cárceles temporales.

La Sala Especial de Seguimiento al estado de cosas inconstitucional penitenciario y carcelario le ordenó al Ministerio de Justicia la “reformulación del plan de contingencia, con medidas específicas, verificables, articuladas y financiadas, que permitan asegurar la prestación del servicio sin interrupciones a partir del 1 de julio de 2025”, informó la Corte en un comunicado expedido este viernes.

A juicio de la entidad judicial, el plan de contingencia actual presentaba graves falencias en su diseño y ejecución.

En el Auto 897 de 2025, el alto tribunal le ordenó al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) que implemente los traslados de las personas ya condenadas que todavía están en centros transitorios.

También “exhortó al Congreso de la República para que avance con carácter prioritario en el trámite legislativo de los proyectos de ley orientados a prorrogar la competencia de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y garantizar la continuidad del servicio.

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