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Juez suspende plan piloto de fumigación aérea del Gobierno con glufosinato en Putumayo

La decisión judicial ordenó la suspensión provisional de la aspersión aérea. La acción de tutela fue promovida por la Fundación Tiempo de Cambios para la Transformación Social.

  • El presidente Abelardo De la Espriella ordenó un plan piloto de aspersión aérea con glufosinato en cultivos ilícitos de Putumayo. Foto: Archivo
    El presidente Abelardo De la Espriella ordenó un plan piloto de aspersión aérea con glufosinato en cultivos ilícitos de Putumayo. Foto: Archivo
hace 1 hora
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El Juzgado Tercero Promiscuo de Puerto Asis, Putumayo admitió una acción de tutela y ordenó suspender temporalmente el plan piloto de aspersión aérea con glufosinato de amonio en cultivos ilícitos en ese departamento.

Ese despacho admitió para estudio una acción de tutela presentada por la Fundación Tiempo de Cambios para la Transformación Social y ordenó suspender temporalmente la medida anunciada por el gobierno del presidente Abelardo De la Espriella y publicada en el Diario Oficial.

La decisión judicial se conoce pocos días después de que la Policía anunciara el plan piloto de aspersión aérea, que se desarrollaría principalmente en Putumayo y tendría como objetivo intervenir hasta 1.000 hectáreas de cultivos de uso ilícito.

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Según lo informado por la institución, el piloto busca evaluar la utilización del glufosinato de amonio y, a partir de sus resultados, avanzar hacia un eventual programa nacional de erradicación aérea con esta sustancia.

La decisión judicial, sin embargo, frena temporalmente la puesta en marcha del plan mientras avanza el trámite de la tutela y el juzgado estudia los argumentos planteados por la organización accionante.

Lo ordenado abre nuevamente el debate sobre las condiciones ambientales, sanitarias y jurídicas que deben cumplirse para reactivar la aspersión aérea de cultivos de uso ilícito en Colombia, una política que durante años estuvo asociada al uso del glifosato.

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En total se han emitido 4 decisiones judiciales recientes que frenan o restringen de manera provisional los planes de aspersión aérea en el país y también los bombardeos a campamentos ilegales donde haya presencia probada de menores de edad.

El Juzgado 34 de Familia de Bogotá emitió la primera orden de alcance nacional el 3 de septiembre pasado (ratificada el 10 de septiembre), obligando a las Fuerzas Militares a abstenerse de bombardear si hay indicios de menores reclutados.

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Por su parte, el Juzgado Tercero Penal del Circuito de San José del Guaviare dictó una segunda medida de restricción temporal pocos días después, mientras que un juzgado en Popayán (Cauca) emitió un tercer fallo que ordenó suspender los bombardeos en el Cauca ante la posible presencia de menores.

Este juzgado solicitó además revisar los expedientes previos para determinar si se trata de una estrategia de tutelas masivas.

Detalles del plan piloto anunciado por el Gobierno

El Consejo Nacional de Estupefacientes hizo oficial la resolución que pone en marcha un plan piloto experimental para evaluar, bajo condiciones controladas, si la aspersión aérea puede volver a ser utilizada como herramienta contra los cultivos ilícitos.

La decisión se produce después de los anuncios del presidente Abelardo De la Espriella sobre la posibilidad de retomar esta estrategia y busca obtener evidencia técnica y científica antes de tomar una determinación de mayor alcance.

El experimento, sin embargo, tendrá límites estrictos porque ordena que el piloto sea en “fase experimental controlada, limitada, temporal y evaluable”.

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La resolución establece que la operación se realizará en una zona previamente seleccionada de un departamento del país, ubicada dentro del radio operacional cercano a una instalación de la Fuerza Pública.

El documento tiene fecha de expedición el 18 de agosto de 2026 y fue publicado en el Diario Oficial.

El órgano emisor de la resolución es el Consejo Nacional de Estupefacientes y la resolución fue firmada por Carlos Gónima Díaz-Granados (viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa y presidente del CNE) y Linda Giselle Suárez (secretaria técnica del CNE).

Las coordenadas exactas y las rutas que seguirán las aeronaves permanecerán bajo reserva por razones de seguridad. Aunque el documento no revela públicamente el lugar, versiones conocidas por medios de comunicación señalan que el piloto podría desarrollarse en Putumayo durante la segunda semana de septiembre.

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La prueba tampoco podrá realizarse en cualquier territorio. La resolución excluye de manera expresa los parques naturales y demás áreas protegidas, páramos, humedales, cuerpos de agua, centros poblados, escuelas y centros de salud.

También quedan por fuera los resguardos indígenas y los territorios de comunidades afrodescendientes que no cuenten con consulta previa. Uno de los elementos centrales del experimento está en el químico que será utilizado.

El piloto no contempla el uso de glifosato. El Gobierno autorizó, en cambio, la utilización de Glufosinato de Amonio 200 SL, un herbicida que ya contaba con aval de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) para actividades de erradicación terrestre y que ahora será sometido a evaluación mediante aplicación aérea.

El compuesto está clasificado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) dentro de la categoría II, correspondiente a sustancias consideradas moderadamente peligrosas.

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La operación estará en manos de aeronaves tripuladas y será responsabilidad de la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional (DIRAN), que tendrá a su cargo la planeación, supervisión, ejecución y los costos logísticos de la prueba.

La resolución establece, además, que la operación tendrá que detenerse ante cualquier circunstancia que pueda aumentar el riesgo de dispersión del herbicida o generar afectaciones ambientales.

Entre las causales de suspensión están la lluvia, la presencia de inversión térmica, la pérdida de trazabilidad, fallas durante la operación o cualquier otro factor que pueda incrementar la deriva del producto.

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El experimento tendrá un límite definido: no podrá superar las 1.000 hectáreas efectivamente tratadas.

Las labores en campo, además, tendrán una duración operacional máxima de siete días calendario, contados desde la firma del acta de inicio.

Pero la verdadera prueba comenzará después de que las aeronaves abandonen la zona. Una vez terminada la intervención, la ANLA y el Instituto Nacional de Salud (INS) tendrán un plazo máximo de 60 días para elaborar y presentar al Consejo Nacional de Estupefacientes un informe técnico definitivo sobre los resultados del piloto.

Ese documento será la principal pieza para decidir el futuro de la estrategia. Con base en sus conclusiones, el Gobierno podrá avanzar hacia un programa de aspersión aérea de alcance nacional o, por el contrario, descartar nuevamente esta herramienta para combatir los cultivos de coca.

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Preguntas y respuestas

¿Por qué suspendieron el plan piloto de aspersión aérea con glufosinato de amonio en Putumayo?
El Juzgado Tercero Promiscuo de Puerto Asís suspendió temporalmente el plan piloto tras admitir una acción de tutela presentada por la Fundación Tiempo de Cambios para la Transformación Social. La medida se mantendrá mientras el juzgado estudia los argumentos de la organización.
¿Qué sustancia se iba a utilizar en la aspersión aérea de Putumayo?
El plan piloto contempla el uso de glufosinato de amonio, una sustancia diferente del glifosato, con el propósito de evaluar su utilización para la erradicación aérea de cultivos de uso ilícito.
¿Cuántas hectáreas de cultivos ilícitos pretendía intervenir el plan piloto?
El plan anunciado por la Policía contempla intervenir hasta 1.000 hectáreas, principalmente en el departamento de Putumayo.
¿Se canceló definitivamente la aspersión aérea con glufosinato de amonio en Colombia?
No. La decisión del Juzgado Tercero Promiscuo de Puerto Asís es temporal y afecta la ejecución del plan piloto mientras avanza el trámite de la tutela. La noticia no indica que exista una cancelación definitiva de la política.

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