Con la aprobación ayer en plenaria del Senado del proyecto de ley que crea el Estatuto de la Oposición, este solo queda pendiente de la conciliación con la Cámara, que según el presidente del Senado, Mauricio Lizcano, se daría después de Semana Santa.
El lunes pasado la plenaria de la Cámara también lo aprobó. En esencia, pretende darle derechos y visibilidad a los partidos políticos que se declaren en oposición o en independencia al gobierno, en cualquiera de los niveles territoriales.
El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, le dijo a EL COLOMBIANO que el nuevo Estatuto está inspirado en el acceso a los medios de comunicación. “Es una vergüenza para la democracia que no tuviéramos un estatuto para darle garantías mínimas a la oposición”.
El artículo que más generó debate y rechazo de algunos gremios que defienden la libertad de prensa fue el 17, que dice que la oposición tiene derecho a réplica en medios de comunicación del Estado y los que usen el espacio electromagnético “frente a tergiversaciones graves o evidentes o ataques públicos proferidos por el presidente, ministros, gobernadores, alcaldes (...) y por cualquier otro alto funcionario”.
Según el ministro Cristo, aunque este derecho a la réplica existe en la Ley 130 de 1994 (artículo 35), se crea un mecanismo expedito para garantizarlo.
Al respecto Germán Ortiz, director del Observatorio para la Libertad de Expresión de la Universidad del Rosario, dijo que el derecho a la réplica si está en la ley, pero no es reconocido como un derecho constitucional. Agregó que está más enfocado a una valoración subjetiva de los actores que se pronuncian entorno al equilibrio de informar.
“Una cosa es la réplica y otra la rectificación, que está establecida en el artículo 20 de la Constitución. Esta última aplica cuando un medio transmite una información errónea y el afectado pide un espacio igual para rectificar. La réplica es sana. En una democracia se espera que la libertad de expresión conlleve a un equilibrio informativo y que los diferentes actores tengan la posibilidad de expresarse”.
Para Ximena Forero, docente de Periodismo de la Facultad de Comunicaciones de la U. de Antioquia, esta decisión atenta contra las audiencias, porque es casi obligarlos a participar de una confrontación. “Afecta la responsabilidad social de los medios, sobre todo el momentos electorales, en la que la confrontación es reiterativa. Está bien la réplica o rectificación, pero debe tener unos límites. Hoy la oposición sale en medios dando sus posturas”.
En días pasados la Federación Colombiana de Periodistas advirtió que algunas de estas herramientas podrían utilizarse “para cuestionar contenidos periodísticos y no como la posibilidad de conocer opiniones diversas.
Una deuda con la democracia
El artículo 112 de la Constitución de 1991 pidió crear una ley estatutaria para el ejercicio de la oposición, pero aún no existe. Entre 1993 y 2011 llegaron al Congreso 11 iniciativas para dar cumplimiento a la Carta, pero todos fracasaron: fueron retirados o hundidos.
El último intento fallido fue en 2011, con el proyecto de Estatuto de la Oposición que lideró el entonces ministro del Interior, Germán Vargas Lleras. Según Fabián Acuña, docente de Política de la Javeriana, los anteriores ensayos no prosperaron porque era una mayoría oficialista tratando de generar un estatuto para una minoría, que en muchas ocasiones se oponía porque no era consultado con ellos ni les daba garantías, como ocurrió con el Polo Democrático en el 2011.
Sin la oposición
Aunque fueron invitados a su construcción desde el año pasado el Centro Democrático se abstuvo de participar en las mesas de trabajo y de votarlo. Según el senador Iván Duque (Centro Democrático) la discusión del Estatuto no puede ser una condición de una negociación con las Farc, sino que es un mandato constitucional.
“El Congreso debe deliberar sobre este Estatuto con libertad para hacer las modificaciones que la soberanía popular le otorga. Pretender que sea una concesión a las Farc es un ultraje a la democracia”.
Al respecto Cristo dijo que el Estatuto se concertó con los partidos, excepto el CD. No obstante, en el punto dos del Acuerdo el Gobierno se compromete a expedirlo. “En La Habana se acordó qué había que hacer, pero no cómo. Si el Gobierno la hubiera acordado con las Farc, imagino los rayos y centellas de los contradictores del proceso”.
Otras novedades del Estatuto
Un mes después del inicio de un Gobierno, en todos sus niveles (municipal, departamental y nacional), los partidos tienen que hacer una “declaración política” ante la autoridad Electoral, bien sea de oposición, de independencia o de gobierno. Esta podrá ser modificada en cualquier momento. Los partidos que avalaron al elegido solo podrán ser de Gobierno.
En radio y televisión tendrán, al menos, 30 minutos mensuales en las franjas de mayor sintonía. Harán uso de medios nacionales y regionales. El costo de estos espacios será asumido por la Nación. Luego de la transmisión de la instalación del Congreso, los opositores tendrán 20 minutos para presentar sus observaciones en los mismos medios de comunicación. Si no hay acuerdo entre ellos, se les distribuirá el espacio según sus curules en el Congreso.
De igual manera, en las 48 horas posteriores a una alocución presidencial, tendrán el mismo espacio, en los mismos medios y el mismo horario para controvertir la posición del Gobierno.
Las bancadas opositoras, en la respectiva corporación pública de elección popular, tendrán derecho a definir el orden del día de la sesión plenaria y comisiones permanentes, cinco veces durante cada legislatura en el Congreso, y una vez durante cada periodo de sesiones ordinarias en concejos y asambleas. Ese orden del día puede incluir debates de control político.
También tendrán al menos un miembro principal y un suplente en la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores del Senado. Para Jaramillo con esto se pretende asegurar un nivel de cohesión en asuntos de política exterior, donde no prima el interés del partido sino el de la Nación.
El presidente, los gobernadores y los alcaldes deberán presentar a la respectiva corporación pública, antes de que finalice el año de periodo constitucional, un informe de cumplimiento de metas del Plan de Desarrollo y ejecución del presupuesto de inversión.
Este balance, que también deberá ser publicado en la web y demás canales que tenga la entidad, será discutido en plenaria 30 días después de su publicación. La oposición podrá realizar una sesión exclusiva para exponer sus posturas frente a este informe. La presencia del Gobierno será obligatoria.