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¿Debe prestar el servicio militar? Estas son las exoneraciones y multas en 2026

Los ciudadanos que no atiendan una citación de reclutamiento y no acrediten una causal de exoneración pueden ser declarados remisos y recibir una multa.

  • Jóvenes colombianos deben definir su situación militar al cumplir la mayoría de edad y atender las citaciones de las autoridades de reclutamiento. Foto: Colprensa
    Jóvenes colombianos deben definir su situación militar al cumplir la mayoría de edad y atender las citaciones de las autoridades de reclutamiento. Foto: Colprensa
hace 2 horas
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Si cumplió 18 años y todavía no ha definido su situación militar, hay algo que debe tener en cuenta; no presentarse a una citación del Ejército puede terminar en una multa. Quien no atienda la citación y no acredite una causal de exoneración puede ser declarado “remiso” por las autoridades de reclutamiento.

La obligación tiene fundamento en el artículo 216 de la Constitución Política, que establece que todos los colombianos están obligados a tomar las armas cuando las necesidades públicas lo exijan. Esta disposición es desarrollada por la Ley 1861 de 2017, cuyo artículo 4 establece que el servicio militar obligatorio es un deber constitucional “dirigido a todos los colombianos de servir a la patria, que nace al momento de cumplir su mayoría edad para contribuir y alcanzar los fines del Estado encomendados a la Fuerza Pública”.

No cumplir con lo anterior puede llevar a una sanción económica, cuyo valor depende del tiempo transcurrido desde el incumplimiento. De acuerdo con el artículo 42 de la Ley 48 de 1993, la multa para quienes incumplan la citación corresponde a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes por cada año o fracción de año de incumplimiento. La sanción puede acumularse hasta un máximo de 20 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

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La situación cambia si el joven tiene una razón para no prestar el servicio. La ley contempla 16 causales de exoneración y también reconoce la objeción de conciencia. En esos casos —que se mencionarán más adelante—, la persona debe acreditar su condición ante las autoridades de reclutamiento.

Ojo, ser remiso no significa que la Fuerza Pública pueda detener a la persona para llevarla a prestar el servicio. La normativa establece que no se pueden realizar detenciones ni operativos sorpresa para aprehender a ciudadanos que no se hayan presentado a definir su situación militar.

Al cumplir 24 años, el ciudadano ya no puede ser obligado a incorporarse a filas. Sin embargo, debe definir su situación militar. Para estos casos existe la Cuota Única de Compensación Militar, cuyo valor depende de los ingresos mensuales de la persona.

La norma establece los siguientes porcentajes:

• Sin ingresos: 5 % del salario mínimo.

• Ingresos de hasta dos salarios mínimos: 15 % del salario mínimo.

• Ingresos entre dos y cuatro salarios mínimos: 25 % del salario mínimo.

• Ingresos superiores a cuatro salarios mínimos: 50 % del salario mínimo.

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¿Quiénes están exonerados del servicio militar?

La Ley 1861 de 2017 establece 16 causales de exoneración. Entre ellas están:

• Hijos únicos.

• Huérfanos de padre o madre que atiendan con su trabajo la subsistencia de hermanos que no puedan ganarse el sustento.

• Hijos de padres mayores de 60 años o con discapacidad permanente que dependan económicamente de ellos.

• Hermanos o hijos de personas que hayan muerto o adquirido una inhabilidad absoluta y permanente en combate, en actos del servicio o como consecuencia de este.

• Hijos de oficiales, suboficiales, soldados e infantes de Marina profesionales, agentes y personal del nivel ejecutivo de la Fuerza Pública que hayan fallecido.

• Clérigos y religiosos, de acuerdo con los convenios concordatarios vigentes.

• Personas casadas que hagan vida conyugal.

• Personas que acrediten una unión marital de hecho legalmente declarada.

• Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial permanente.

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• Indígenas que acrediten su integridad cultural, social y económica ante el Ministerio del Interior.

Varones colombianos que, después de su inscripción, hayan dejado de tener el componente de sexo masculino en su registro civil.

Víctimas del conflicto armado inscritas en el Registro Único de Víctimas (RUV).

•Ciudadanos incluidos en el programa de protección a víctimas y testigos de la Fiscalía General de la Nación.

• Objetores de conciencia.

• Ciudadanos desmovilizados, previa acreditación ante la entidad correspondiente.

• Padres de familia.

Para acceder a una exoneración, la persona debe acreditar ante las autoridades la causal que corresponda.

¿Qué pasa si no quiere prestar el servicio militar?

Si una persona es citada, no se presenta y no acredita una causal de exoneración o una objeción de conciencia, puede ser declarada remisa y recibir la multa establecida en la legislación.

Además, no tener definida la situación militar puede generar restricciones en algunos trámites administrativos y situaciones relacionadas con el acceso a determinados empleos o contratos, según las condiciones establecidas por la ley.

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Bloque de preguntas y respuestas:

La sanción corresponde a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes por cada año o fracción de año de incumplimiento, con un límite acumulado de hasta 20 salarios mínimos, según la información incluida en la noticia.
¿Hasta qué edad pueden obligar a una persona a prestar el servicio militar en Colombia?
Al cumplir 24 años, el Estado ya no puede incorporar a la persona de manera obligatoria. Sin embargo, esto no significa que deje de tener que definir su situación militar.
¿Qué pasa si tengo una causal de exoneración del servicio militar?
Debe acreditarla ante las autoridades de reclutamiento durante el proceso de definición de la situación militar. La condición debe ser demostrada y reconocida por la autoridad correspondiente.
La sanción corresponde a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes por cada año o fracción de año de incumplimiento, con un límite acumulado de hasta 20 salarios mínimos, según la información incluida en la noticia.
¿Hasta qué edad pueden obligar a una persona a prestar el servicio militar en Colombia?
Al cumplir 24 años, el Estado ya no puede incorporar a la persona de manera obligatoria. Sin embargo, esto no significa que deje de tener que definir su situación militar.
¿Qué pasa si tengo una causal de exoneración del servicio militar?
Debe acreditarla ante las autoridades de reclutamiento durante el proceso de definición de la situación militar. La condición debe ser demostrada y reconocida por la autoridad correspondiente.

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