El impuesto al consumo que se aplica en los departamentos a los cigarrillos, el tabaco y sus derivados tendrá nuevas reglas y tarifas con la nueva reforma tributaria radicada este lunes 1 de septiembre por el Gobierno de Gustavo Petro.
Según el documento, se entiende por tabaco elaborado todo producto terminado para consumo humano obtenido del procesamiento de la hoja de tabaco, incluidas las presentaciones de Productos de Tabaco Calentado (PTC).
Puede leer: Apuestas, bingo y tragamonedas: así se cobrará el IVA en juegos de azar con la nueva tributaria
Quedarán excluidos los insumos usados únicamente como materia prima para fabricar productos ya gravados, así como los chicotes de producción artesanal.
Impuesto a vapeadores
El proyecto radicado aclara que por derivados, sucedáneos o imitadores se entienden los aerosoles y dispositivos con o sin nicotina, como los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), los Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN) y los vapeadores.
Los responsables del impuesto serán los productores, importadores y distribuidores, así como los transportadores y vendedores al detal que no puedan justificar la procedencia de los productos que transportan o expenden.
Relacionado: Reforma tributaria: estos son los productos y servicios que pagarían más IVA
La base gravable se dividirá en dos componentes
Para cigarrillos y tabaco elaborado: un componente específico por cajetilla de 20 cigarrillos o por cada gramo de picadura, rapé o chimú, y un componente ad valorem sobre el precio de venta al público certificado por el Dane.
Para derivados, sucedáneos o imitadores: un componente específico por mililitro del producto y otro ad valorem también calculado sobre el precio de venta certificado.
El Dane será la entidad encargada de certificar cada año, antes del 1 de enero, los precios de venta al público que servirán de referencia para este impuesto.
Las nuevas tarifas
Cigarrillos, tabacos, cigarros, cigarritos y PTC: $11.200 por cada cajetilla de 20 unidades, $891 por gramo de picadura, rapé o chimú, más un 10% ad valorem sobre el precio de venta.
Entérese: Reforma tributaria: Petro busca poner a iglesias a pagar impuesto de renta
Derivados, sucedáneos o imitadores (como vapeadores y líquidos): $2.000 por mililitro, más un 30% ad valorem sobre el precio de venta.
Estas tarifas se actualizarán cada año con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más cuatro puntos adicionales, y los recursos adicionales que se recauden serán destinados a financiar el aseguramiento en salud.
Lea más: Reforma tributaria: patrimonios líquidos superiores a $1.991 millones pagarían impuesto, ¿de cuánto?