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Suspenden medidas cautelares y cobro coactivo de la Dian a Reficar por orden de un juez en Cartagena

El cobro coactivo, los embargos y los bloqueos de cuentas seguirán suspendidos hasta que se tome una decisión de fondo.

  • Juzgado de Cartagena ordena detener provisionalmente los embargos a Reficar y Ecopetrol en medio de la disputa por el pago de IVA en la importación de combustibles. FOTO: Colprensa.
    Juzgado de Cartagena ordena detener provisionalmente los embargos a Reficar y Ecopetrol en medio de la disputa por el pago de IVA en la importación de combustibles. FOTO: Colprensa.
hace 2 horas
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El Juzgado Segundo de Familia de Cartagena falló una tutela que le ordena a la Dian frenar cualquier intento de iniciar cobros coactivos o embargos contra la Refinería de Cartagena.

La decisión se da en medio de una controversia ante un posible embargo de Reficar por no pagar el IVA de 19% correspondiente a la importación de diésel y gasolina.

La Dian alega una deuda sin saldar, entre 2022 y 2024 (es un cobro retroactivo), por $1,32 billones.

Entérese: Procuraduría cita a reunión urgente para solucionar pleito fiscal entre Ecopetrol y la Dian

Juez de Cartagena deja en pausa el cobro coactivo y las medidas cautelares a Reficar

Sin embargo, el juez de Cartagena frenó cualquier intención de la autoridad de impuestos de iniciar, continuar o ejecutar medidas de cobro coactivo, embargos, bloqueos de cuentas, órdenes de retención o cualquier actuación ejecutiva en contra de la refinería.

La suspensión se mantendrá hasta que haya una decisión de fondo de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Además, la Dian deberá reportar al juzgado en 24 horas si ya expidió actos de cobro coactivo o embargos.

La entidad aclaró recientemente que no ha decretado medidas cautelares preventivas ni procesos de cobros coactivos a ninguna empresa importadora de combustibles, incluyendo a Reficar.

Siga leyendo: La batalla entre Reficar y la Dian se enciende otra vez: ahora el cobro es por $17.000 millones

Importaciones de gasolina y Acpm están gravadas con una tarifa de 19%

Pero aseguró, que sí existe un estatuto que establece que las importaciones de gasolina y Acpm están gravadas con una tarifa de 19%, concepto que, aseguró, fue ratificada en las resoluciones 010763 (in 2305) de 2024 y 08922 (int 1324) de 2025.

“En ejercicio de las facultades de control y fiscalización, la Dian inició una serie de investigaciones sobre las declaraciones de importación presentadas por todos los importadores de combustibles bajo diferentes regímenes o modalidades, con el fin de verificar la correcta liquidación y pago de los tributos aduaneros”, explicó la entidad en el comunicado.

Asimismo, reiteró que desde la Ley 1819 de 2016 los combustibles (gasolina y Acpm) están gravados con IVA, por lo tanto, los importadores deben declarar, liquidar y pagar los tributos aduaneros al momento de nacionalizar esos bienes.

Además: ¿Se echó para atrás? Dian dice que no existe embargo sobre las cuentas de Reficar

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