La Federación Nacional de Comerciantes Empresarios (Fenalco) presentó ante el Consejo de Estado una demanda de nulidad simple y una solicitud de suspensión provisional contra los artículos 17 y 18 del Decreto 1017 de 2025, expedido por el Ministerio de Transporte el 21 de septiembre.
Según Jaime Alberto Cabal, presidente del gremio, la norma genera un “fuerte perjuicio” para los transportadores, al encarecer de manera significativa los costos de operación en un sector ya presionado por la desaceleración económica.
El decreto aumenta el aporte obligatorio al Fondo para la Promoción de Ascenso Tecnológico (Fopat) del 15% al 25% del valor comercial del vehículo antes de IVA y amplía la obligatoriedad a unidades de carga desde 3,5 toneladas, lo que para Fenalco constituye un cambio abrupto y arbitrario.
La ampliación del universo de vehículos obligados y el incremento en el aporte afectan directamente a varios segmentos esenciales del transporte de carga, entre ellos los camiones livianos (3,5–7,5 toneladas) usados por pymes, repartidores urbanos y pequeños transportadores, quienes a la postre son los más afectados por la caída relativa en la demanda de vehículos nuevos.
También afecta a camiones medianos (7,5–10,5 toneladas), que son fundamentales para el abastecimiento regional y la distribución de alimentos. El gremio proyecta una contracción cercana al 20% en este segmento. Igualmente, a camiones pesados (mayores a 10,5 toneladas), considerados activos de alto costo y utilizados en rutas de larga distancia, a los que el Decreto 1017 les eleva en 10% el costo de entrada para su renovación.
Tampoco escapan las volquetas, claves para construcción y minería. La imposición del aporte del 25% ralentiza su modernización y afecta la productividad en ambas industrias.
Para FENALCO, estos efectos generan una presión sin precedentes sobre pymes y transportadores regionales, que dependen de la renovación de flota para mantener su competitividad.
Gremio advierte vulneración del principio de legalidad tributaria
Cristian Eduardo Stapper Buitrago, vicepresidente de Litigio, Entorno y Relacionamiento Externo de Fenalco, presentó la acción judicial en representación del gremio. Según explicó, el Decreto 1017 vulnera de manera evidente la Constitución Política al modificar elementos esenciales de un tributo —hecho generador, sujeto pasivo, base gravable y tarifa— sin autorización legal.
El gremio sostiene además que existe una extralimitación de la potestad reglamentaria, ya que el Ejecutivo habría creado nuevas normas, ampliado obligaciones y delegado facultades normativas al Ministerio de Transporte sin un mandato expreso del legislador.
“A esto se suma una falta de motivación suficiente. Los considerandos no explican la reducción del umbral técnico ni el incremento de la tarifa, lo que afecta la transparencia y proporcionalidad de la función administrativa”, señaló Stapper.
La Fenalco solicitó al Consejo de Estado suspender de manera provisional los artículos demandados para evitar efectos jurídicos irreversibles y detener la imposición de cargas económicas que considera desproporcionadas para los transportadores.
“El Decreto 1017 golpea directamente a los camiones livianos, medianos, pesados y volquetas nuevos, afectando a pymes y transportadores regionales. No solo es un impacto económico devastador, sino una vulneración constitucional evidente. La suspensión provisional es indispensable para proteger la legalidad y evitar un daño irreparable al sector”, concluyó Stapper Buitrago.
Con esta acción, Fenalco busca frenar la aplicación de una normativa que, asegura, podría profundizar la caída en la renovación de flota y agravar los costos logísticos en todo el país.