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Esta es la fecha límite para trasladarse entre fondos de pensiones en Colombia: así puede hacerlo

El Ministerio de Trabajo aclaró las condiciones para que los afiliados al sistema pensional puedan trasladarse de un fondo privado a Colpensiones o viceversa. ¿Quiénes pueden hacerlo y qué requisitos deben cumplir?

  • La medida corresponde a la llamada “oportunidad de traslado”, contemplada en la reforma pensional, que permite a ciertos cotizantes cambiar de régimen dentro del sistema pensional colombiano. Foto: Julio Herrera
    La medida corresponde a la llamada “oportunidad de traslado”, contemplada en la reforma pensional, que permite a ciertos cotizantes cambiar de régimen dentro del sistema pensional colombiano. Foto: Julio Herrera
13 de marzo de 2026
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El Ministerio de Trabajo confirmó que los afiliados al sistema de pensiones en Colombia tendrán hasta el 16 de julio de 2026 como fecha límite para solicitar el traslado entre regímenes pensionales, es decir, de un fondo privado (Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia) a Colpensiones o viceversa, en el marco de lo previsto por la reforma pensional.

La medida corresponde a la llamada “oportunidad de traslado”, contemplada en el artículo 76 de esa ley y en el Decreto 1225 de 2024, que permite a ciertos cotizantes cambiar de régimen dentro del sistema pensional colombiano.

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El plazo fue aclarado por el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, quien envió una comunicación escrita a los presidentes de Colpensiones y Asofondos, explicando el sustento jurídico que define la fecha límite para acreditar los requisitos exigidos por la normativa.

¿Quiénes pueden trasladarse entre regímenes pensionales?

A este beneficio podrán acceder las personas a quienes les falten 10 años o menos para pensionarse y que además cumplan con los siguientes requisitos:

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Mujeres: tener 47 años o más y haber cotizado al menos 750 semanas.

Hombres: tener 52 años o más y contar con un mínimo de 900 semanas cotizadas.

También se recomienda realizar la doble asesoría obligatoria, un proceso en el que se comparan las proyecciones de pensión en cada régimen para que el afiliado pueda tomar una decisión informada y conveniente para su futuro.

Para estos afiliados, la norma establece un plazo de dos años para solicitar el traslado de régimen, contado a partir de la promulgación de la ley, que ocurrió el 16 de julio de 2024. Esto significa que el periodo máximo para realizar la solicitud se extenderá, como se mencionó, hasta el próximo 16 de julio de 2026.

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De acuerdo con cifras de Colpensiones, en 2025 se realizaron 150.000 traslados de fondos privados a Colpensiones, pero son más de 17 de millones de afiliados a las entidades privadas que podrían hacerlo.

Corte Constitucional deberá definir entrada en vigencia de la ley

El Ministerio del Trabajo explicó que los cotizantes podrán seguir acreditando los requisitos necesarios para acceder al traslado hasta que la Corte Constitucional determine la nueva fecha de entrada en vigencia de la reforma pensional.

Inicialmente, el límite temporal para acreditar las semanas requeridas había sido fijado hasta el 30 de junio de 2025. Sin embargo, ese plazo dejó de tener efectos mientras no exista un pronunciamiento definitivo de la Corte Constitucional sobre la vigencia integral de la reforma pensional.

En ese contexto, el Gobierno reiteró que, independientemente de las decisiones judiciales pendientes, el plazo máximo para solicitar el traslado seguirá siendo ese periodo de dos años establecido por la ley.

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Una ventana clave para afiliados cercanos a la pensión

La llamada “oportunidad de traslado” se convierte en una ventana excepcional para trabajadores que están próximos a pensionarse, ya que les permite revisar su situación y decidir si desean cambiar entre los regímenes existentes dentro del sistema pensional colombiano.

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La cartera laboral señaló que este proceso se mantendrá abierto dentro del plazo legal establecido, mientras se resuelve el panorama jurídico definitivo de la reforma pensional ante la Corte.

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