El carrusel de la contratación fue uno de los mayores escándalos de corrupción en la historia de Bogotá. Estalló durante la administración del fallecido alcalde Samuel Moreno y terminó salpicando a decenas de funcionarios, contratistas, congresistas y empresarios, muchos de los cuales fueron condenados. La magnitud del caso fue tal que, 19 años después, la justicia aún sigue emitiendo sentencias.
Es el caso del excongresista Germán Olano a quien la Corte Suprema de Justicia declaró responsable del delito de interés indebido en la celebración de contratos y le impuso una pena de 40 meses y 15 días de prisión.
La decisión concluyó que Olano intervino de manera ilegal en el proceso de adjudicación del contrato 137 de 2007, correspondiente a la Fase III de Transmilenio por la calle 26. Según la sentencia, el entonces congresista actuó como intermediario para favorecer al Grupo Nule, representado por la Unión Temporal Transvial, pese a que su propuesta no cumplía requisitos fundamentales, como el cupo de crédito exigido en la licitación.
La Corte negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria. El condenado tendrá que pagar daños materiales por 3,436,759,367 al Instituto de Desarrollo Urbano (IDU).
Según la investigación, Olano Becerra participó en reuniones en las que se acordó que se le pagara un soborno de 1.750 millones de pesos para interferir en la adjudicación de la Fase III de Transmilenio para la calle 26 de Bogotá. Los pagos se hicieron a través de contratos de obra simulados.
Por esos hechos, el excongresista aceptó los delitos de tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito, pero se declaró inocente de interés indebido en la celebración de contratos.
“Si bien Olano Becerra no era el servidor que tenía a su cargo funciones contractuales con relación a la referida operación, sí concurrió junto a los servidores públicos - intraneus- que las tenían para lograr su cometido criminal. Por esto, es evidente que su conducta es materialmente antijurídica”, se lee en la decisión.
“Las conductas indudablemente exteriorizadas por el procesado derivaron en el detrimento de los principios de igualdad, moralidad, transparencia e imparcialidad que gobiernan la contratación estatal como manifestación de la administración pública”, añade el fallo.
En la decisión se compulsaron copias a la Fiscalía para investigar a Miguel Eduardo Nule Velilla por el presunto delito de falso testimonio.
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